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Guía para realizar el alta de los Controladores Fiscales

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2676, publicada el 15 de septiembre de 2009 establece un nuevo sistema de procedimiento para realizar al alta y habilitación de los Controladores Fiscales y para la modificación de datos, eliminando la utilización del Formulario Nº 445/E.  Además de un re empadronamiento obligatorio de los Controladores Fiscales habilitados, con vencimiento el 16/10/2009. A partir del día 14 de septiembre de 2009, los contribuyentes y responsables deberán solicitar la habilitación de controladores fiscales. Guía para realizar el alta de los Controladores Fiscales Ingresar a la página de la AFIP.gov.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal« Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2676, publicada el 15 de septiembre de 2009 establece un nuevo sistema de procedimiento para realizar al alta y habilitación de los Controladores Fiscales y para la modificación de datos, eliminando la utilización del Formulario Nº 445/E.  Además de un re empadronamiento obligatorio de los Controladores Fiscales habilitados, con vencimiento el 16/10/2009.

A partir del día 14 de septiembre de 2009, los contribuyentes y responsables deberán solicitar la habilitación de controladores fiscales.

Guía para realizar el alta de los Controladores Fiscales

  • Ingresar a la página de la AFIP.gov.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal«
  • Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
  • Seleccione la opción «Nueva relación»
  • Desde la opción «Buscar» el sistema le permitirá elegir el servicio “Gestión de Controladores Fiscales”.
  • Seleccione la opción «Confirmar».
  • En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
  • Presione el botón «Buscar».
  • Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
  • Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
  • Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
  • Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y «Clave Fiscal«, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.

Una vez que ya esta el Servicio “Gestión de Controladores Fiscales” cargado se debe comenzar con el Alta del controlador Fiscal y de la Impresora Fiscal, pasos a seguir:

  • Ingresar a la página de la AFIP.gov.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal«
  • Servicio «Gestión de Controladores Fiscales», opción «Contribuyente».
  • Completar los datos requeridos por el servicio:
  1. Datos del Equipo: Código de Controlador, Número de Serie, Si se trata de un equipo nuevo o usado, Si el equipo es propio o de un tercero (en este último caso deberá informar la CUIT)
  2. Datos del Vendedor: CUIT y Fecha de Entrega (no se completarán si el equipo es usado)
  3. Datos del Inicializador: CUIT del servicio técnico, CUIT del técnico autorizado y fecha de inicialización
  4. Para impresoras fiscales: CUIT del Profesional de sistemas
  5. Ubicación del Controlador Fiscal: Cód. de Punto de Venta, Código Postal, Provincia, Localidad, Calle, Número, Piso, Oficina/Depto.
  6. Si se marcó «Equipo Usado»: Número verificador del 445/D (Baja del Controlador por el propietario anterior)

Para la habilitación de impresoras fiscales el profesional en sistemas, deberá:

  • Ingresar a la página Web de la AFIP.gov.ar , con CUIT y «Clave Fiscal«
  • Servicio «Gestión de Controladores Fiscales» opción «Profesional en Sistemas»

Con el fin de declarar que el programa de aplicación está adaptado para la emisión de comprobantes y que el sistema de facturación solo permite la emisión de comprobantes fiscales por el «Controlador Fiscal» denunciado.

  • Imprimiendo la constancia de alta del controlador fiscal.

Pro último paso, el contribuyente deberá:

  • Ingresar a la página de la AFIP.gov.ar Nº CUIT con  «Clave Fiscal«
  • Servicio «Gestión de Controladores Fiscales», opción «Contribuyente».
  • Imprimir la Constancia de Alta del Controlador
  • Colocar en forma visible, junto al  equipo o junto al lugar de emplazamiento.

Fuente AFIP R.G. 2676

10 comentarios en “Guía para realizar el alta de los Controladores Fiscales”

  1. Buenas tardes
    Por error el cliente me informó un técnico de sistema equivocado, que se cargó en el alta del controlador fiscal ¿Cómo hay que hacer para subsanar el error en la carga e informar el real servicio de sistema?
    Muchas gracias
    Saludos cordiales

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