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Aumento de ANSES del 80% Subsidio por Fallecimiento

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, mediante el Decreto Nº 933/2010, aumento en un 80% el Subsidio por Fallecimiento, llamado Subsidio de Contención Familiar, pasando de los $1.000.- a $1.800.- a partir del mes de mayo de 2010. Por lo que aquellos beneficiarios que cobraron el monto anterior y el echo ocurrió durante los meses de mayo, junio o agosto,  deberán cobrar el correspondiente retroactivo de $800.- El cobro de este subsidio tiene que finalidad apaciguar los gastos que se presentan en el momento del fallecimiento de un jubilados o pensionado del ANSES. Este subsidio es pagado en forma directa a los familiares, viudas/os, convivientes, hijos o herederos. O bien a los allegados que se hayan echo cargo […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, mediante el Decreto Nº 933/2010, aumento en un 80% el Subsidio por Fallecimiento, llamado Subsidio de Contención Familiar, pasando de los $1.000.- a $1.800.- a partir del mes de mayo de 2010. Por lo que aquellos beneficiarios que cobraron el monto anterior y el echo ocurrió durante los meses de mayo, junio o agosto,  deberán cobrar el correspondiente retroactivo de $800.-

El cobro de este subsidio tiene que finalidad apaciguar los gastos que se presentan en el momento del fallecimiento de un jubilados o pensionado del ANSES.

Este subsidio es pagado en forma directa a los familiares, viudas/os, convivientes, hijos o herederos. O bien a los allegados que se hayan echo cargo de los gastos del sepelio, en muchas oportunidades cuando el jubilado o pensionado no tiene personas cercanas se abona a los hospitales, municipalidades o a PAMI.

Este nuevo monto es retroactivo al mes de mayo de 2010, por lo tanto, en los casos sucedidos entre mayo y agosto,  ANSES, pagará la diferencia de $800.-

Si dicho subsidio fue pagado juntamente con la pensión, ANSES liquidará directamente la diferencia con los haberes del mes de septiembre de 2010.-

En los casos donde el cobro se produjo a través del Correo Argentino o mediante cobro de haberes devengados, ANSES liquidará la diferencia de $800.-, a partir del mes de septiembre, informándoles debidamente al beneficiario,o sea a la persona que cobro los $1.000.- el día y lugar de cobro.

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