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Monotributista vence el plazo de la recategorización

 Recordamos que hoy 7 de enero vence el plazo para la recategorización de los Monotributistas que corresponde al tercer cuatrimestre del 2008. La recategorización consiste en que el contribuyente debe calcular los ingresos brutos obtenidos, y la energía eléctrica consumida en el periodo desde el 1º de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, o durante ese lapso los meses que se hayan inscripto en el impuesto,  y,  en ciertos casos que se haya producido una modificación también en la superficie afectada a la actividad al 31 de diciembre de 2008. Si al realizar el calculo el contribuyente observa que hubo modificaciones tanto sean superiores o inferiores a la categoría determinada con anterioridad, debe recategorirzarse. Si no […]

 Recordamos que hoy 7 de enero vence el plazo para la recategorización de los Monotributistas que corresponde al tercer cuatrimestre del 2008.

La recategorización consiste en que el contribuyente debe calcular los ingresos brutos obtenidos, y la energía eléctrica consumida en el periodo desde el 1º de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, o durante ese lapso los meses que se hayan inscripto en el impuesto,  y,  en ciertos casos que se haya producido una modificación también en la superficie afectada a la actividad al 31 de diciembre de 2008.

Si al realizar el calculo el contribuyente observa que hubo modificaciones tanto sean superiores o inferiores a la categoría determinada con anterioridad, debe recategorirzarse. Si no hubo ninguna modificación no será necesaria su recategorización y no debe realizar ningún tramite.

Tampoco debe realizar nada el contribuyente que se dio de alta en el  último cuatrimestre y no alcance el periodo completo.

La página de la AFIP dispone de un simulador que lo ayudará a saber si debe o no recategorizarse, se debe ingresar a www.afip.gov.ar herramienta «Mi orientación», cargando los datos requeridos, una guía que lo orientará en el proceso de recategorización.

Si le contribuyente debe realizar la recategorización lo hace a través de www.afip.gov.ar con clave fiscal, accediendo al Servicio «Monotributo» Recategorización
No están obligados a recategorizarse

  1. Los contribuyentes que realizando los cálculos deban permanecer en la misma categoría
  2. No hayan desarrollado sus actividades cómo mínimo durante un cuatrimestre calendario completo, en el caso de inicio de actividades.
     

31 comentarios en “Monotributista vence el plazo de la recategorización”

  1. hola,
    debo recategorizarme e intenté realizar la operación desde la web de rentas pero se venció la fecha y no me lo permite…qué debo hacer?
    muchas gracias!

  2. Necesito si alguien puede orientarme, soy monotributista ya supere los limites por lo que debo inscribirme como RI, en afip me comunicaron que puedo hacerlo x internet, pero de lo que no me explicaron nada es acerca del tema facturacion, y como sigue la historia despues, se que seguro necesito un contador, pero me gusta estar informada.x otro lado soy docente asi que no deberia inscribirme en autonomo, no?. si todos mis clientes son cons finales, se me encarece mucho el asunto? el tema libros y balances para una unipersonal, es obligatorio? gracias.

  3. Hola Graciela:

    La informas en modificaciones en AFIP sección motributo, tenes que ver cual va a ser tu actividad principal y cual tu secunadaria, la que mas factures va a ser la principal

  4. Hola, tengo una consulta con respecto a la actividad que desarrollo: Actualmente estoy inscripta en el monotributo como prestador de servicios; pero estoy por iniciarme en una actividad paralela que es la venta al por mayor. Necesito saber si las facturas que tengo sirven o si tengo que hacer otras para esta nueva actividad y donde y como informo esta nueva actividad.

    Saludos.

  5. Graciela, quisiera saber del citi ventas, si hay que presentarlo ahora en Enero y por cuanto tiempo? porque yo presente hasta ahora un solo cuatrimestre, el pasado.
    Creo que son 4 cuatrimestres?
    Soy responsable inscripto Pfisica.

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