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AFIP: Fijo la Cantidad Mínima de Trabajadores

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.038 ya publicada en el Boletín Oficial, fijó la cantidad mínima de trabajadores que de acuerdo a sus características debe tener cada hotel y restaurante. El fisco Nacional profundizó la reglamentación de las polémicas presunciones laborales y además, puso la mira sobre las agencias de modelos, los feedlots y el turismo estudiantil. La AFIP con esta reglamentación pretende combatir la evasión de las cargas sociales y el trabajo “en negro”, estimando de acuerdo a las características de determinada actividad y rendimiento establecer la cantidad de empleados por lo cuales se deben tributar impuestos sociales. Con esta nueva normativa la AFIP pretende  combatir la evasión de las cargas sociales […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.038 ya publicada en el Boletín Oficial, fijó la cantidad mínima de trabajadores que de acuerdo a sus características debe tener cada hotel y restaurante. El fisco Nacional profundizó la reglamentación de las polémicas presunciones laborales y además, puso la mira sobre las agencias de modelos, los feedlots y el turismo estudiantil.

La AFIP con esta reglamentación pretende combatir la evasión de las cargas sociales y el trabajo “en negro”, estimando de acuerdo a las características de determinada actividad y rendimiento establecer la cantidad de empleados por lo cuales se deben tributar impuestos sociales.

Con esta nueva normativa la AFIP pretende  combatir la evasión de las cargas sociales y consiste en establecer «valores criterio» objetivos que se utilizarán para calcular la dotación mínima de personal necesario para concretar un cierto trabajo.

Hasta antes de esta reglamentación solamente se conocían los «valores» que había que tener en cuenta por el sector de la construcción y la industria textil.

De esta manera, por ejemplo la AFIP presume que:

  • Para la construcción de una torre de departamentos destinados a vivienda familiar se tarda dos años y por lo tanto se requieren por metro cuadrado unos 3.20 jornales.

Ahora en le relacionado a la hotelería, se presume la cantidad de empleados teniendo en cuenta, la cantidad de estrellas, dividido por temporadas y por zona geográficas donde esta ubicado el edificio.

  • Para el Fisco, un hotel de cinco estrellas durante la temporada:
  1. Alta, demanda 0,92 trabajadores mensuales por habitación.
  2. Baja, demanda 0,68 trabajadores.

Además, la AFIP toma como referencia los sueldos de acuerdo a los montos establecidos en Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 389/2004.

  • Restaurantes, la norma los divide en tres categorías:
  1. Sin ambiente climatizado, sin sala de espera, sin «valet parking».
  2. Con ambiente climatizado, con o sin sala de espera, sin «valet parking».
  3. Con ambiente climatizado, con sala de espera, con «valet parking».

A la ves, el Fisco presume para un turno ya sea de almuerzo o cena, el restaurante de acuerdo a los niveles antes mencionados:

  1. Un empleado cada 16 cubiertos ofrecidos. Si se amplía a dos turnos, se calcula un empleado cada 11 cubiertos.
  2. Por cada turno, estima un empleado cada 14 cubiertos ofrecidos.
  • Agencias de turismo estudiantil.
  1. Un trabajador cada 55 pasajeros transportados por mes.

Donde los sueldos se estiman calculado un promedio por  mes de las remuneraciones básicas fijadas por el Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 547/2008.

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