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Pago de Anses del 26 de agosto de 2022 a Jubilados y Pensionados con DNI 6 y 7

El pago de Anses del 26 de agosto de 2022 será a jubilados y pensionados con DNI terminados en 6 y 7 y haberes superiores a $42.178.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) se encuentran haciendo pagos de haberes mayores a $42.178. El cronograma de jubilados y pensionados varía conforme a la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI). Dependiendo del mismo, el 26 de agosto de 2022 recibirán sus haberes los finalizados en 6 y 7. Además se recuerda que es necesario cumplir con la fe de vida.

Anses anunció un 15,53% de aumento a jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) desde septiembre.

Dicho ajuste en los haberes previsionales se efectuará conforme a lo establece la Ley de Movilidad. Para calcular ese porcentaje, el Gobierno de Alberto Fernández consideró la evolución salarial y la recaudación.

Paralelamente se anunció un bono de $7.000 para aquellos que reciben el haber mínimo. De este modo, la jubilación mínima pasará a ser de $50.353 desde el mes que viene.

Dicho plus se irá reduciendo hasta los $4.000 para quienes tienen ingresos de hasta dos mínimas.

En pocos días más, los beneficiarios tendrán la oportunidad de consultar su nuevo haber en la página de Mi Anses. Esto es gracias a que el sitio permite ver el recibo de sueldo usando la Clave de la Seguridad Social.

Fechas de cobro de jubilaciones superiores a $42.178

Documentos terminados en Inicio de pago
0 y 1 Martes 23 de agosto de 2022.
2 y 3 Miércoles 24 de agosto de 2022.
4 y 5 Jueves 25 de agosto de 2022.
6 y 7 Viernes 26 de agosto de 2022.
8 y 9 Lunes 29 de agosto de 2022.

Trámite de fe de vida requerido

Los jubilados y pensionados de Anses deben cumplir con el trámite de fe de vida. Sólo están exentos del mismo aquellos que cobran en los Bancos Nación, Provincia, de La Pampa y de Córdoba.

La acreditación de supervivencia es requerida para evitar que ocurran cobros indebidos. Con este trámite, las autoridades se aseguran que terceros no estén cobrando prestaciones de titulares fallecidos.

Al no cumplirse con la gestión se suspenden los pagos. Para volver a cobrar los haberes es necesario hacer el trámite en el banco pagador.

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