Anses: Aumento del fondo de desempleo a $40.733 en 3 cuotas

El MTEySS oficializó aumento del fondo de desempleo a $40.733,88 en 3 cuotas. La tramitación de la prestación se debe hacer en Anses.

El día de la fecha, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) oficializó la suba al piso salarial. Al hacerlo, el organismo confirmó un aumento del fondo de desempleo a $40.733,88 en 3 cuotas. Dicha prestación es liquidada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a empleados despedidos sin una justa causa.

Con la publicación de la Resolución 5/2023, el MYEySS oficializó las subas establecidas por el Consejo del Salario Mínimo.

En dicha normativa no sólo se indicaron los montos para el Salario Mínimo, Vital y Móvil en los próximos meses. El mismo será de $80.342 desde abril, $84.512 desde mayo y $87.987 desde junio. Además se ajustará la hora de trabajo a $401.71, $422,56 y $439,94, respectivamente.

Los empleados comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) tienen derecho al cobro del Fondo de Desempleo. Dicha prestación corresponde solamente en caso de despido sin causa, no en caso de renuncia.

La cantidad de meses cobrados depende de los aportes realizados durante la relación laboral. Se aplica un tope de 12 meses y se otorgan 6 adicionales a los mayores de 45 años de edad.

El monto de las cuotas es un porcentaje de los haberes del dependiente cuando estaba en actividad. Se aplica un tope mínimo y otro máximo, el cual lo actualiza el Consejo. Actualmente, éstos límites son $19.299,60 y $32.166.

A partir del mes de abril de 2023, los topes serán $22.316,76 y $37.194,60. En mayo subirán a $23.475,07 y $39.125,12. Desde junio serán de $24.440,33 y $40.733,88.

Recordemos que recientemente se incorporó a los trabajadores de casas particulares a este beneficio. Ellos reciben hasta dos cuotas en caso de despido.

Tramitación del fondo de desempleo

Los empleados despedidos sin causa deben tramitar el fondo de desempleo en Anses. El período máximo para llevar adelante la solicitud es de 90 días hábiles contados desde la desvinculación laboral. Si se demora más tiempo se descuenta un día de cobro por cada hábil.

Esta gestión puede llevarse adelante en la delegación del organismo con turno previo. Además, gracias al avance tecnológico, también se puede hacer desde su página con la Clave de la Seguridad Social.

Los titulares de este beneficio tiene derecho al cobro de asignaciones familiares por SUAF y a la obra social.

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