Celular de AFIP con tarjeta

AFIP requiere informar el CBU para recibir reintegro del IVA

La AFIP requiere informar el CBU para recibir reintegro del IVA en las compras de la canasta básica con tarjeta de débito.

La semana pasada entró en vigencia la devolución del 21% de la canasta básica por compras con tarjeta de débito. Su aplicación no requiere ningún trámite. Sin embargo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró que algunos beneficiarios deben informar el CBU para recibir el reintegro del IVA.

El reintegro del IVA permite que el dinero sea más rendidor tras el 22% de la devaluación del peso frente al dólar.

Esta devolución del 21% se aplica automáticamente sin inscripción previa. No obstante, se requiere que los beneficiarios tengan declarado el CBU de su cuenta bancaria ante la AFIP.

El CBU a informar tiene que ser el de la cuenta vinculada a la tarjeta de débito con la cual se hagan las compras.

En el caso de jubilados, pensionados y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ya informó el CBU. Por esta razón reciben el beneficio sin necesidad de hacer el trámite.

Lo mismo ocurre con la mayoría de los trabajadores en relación de dependencia. Sus empleadores lo informaron para pasados beneficios, como el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Pasos para declarar el CBU en AFIP

  • Ingresar ala página del organismo recaudador o la aplicación Mi AFIP.
  • Identificarse en el sistema con número de CUIL o CUIT y Clave Fiscal.
  • Acceder al servicio «Declaración de CBU». En pantalla se mostrarán todos los CBU declarados.
  • Pulsar en «Registrar CBU» para informar una nueva cuenta bancaria.
  • Ingresar los 22 números de la Clave Bancaria Uniforme y hacer clic en el botón «Informar CBU».
  • El banco deberá autorizar la carga, lo cual se notificará por el Domicilio Fiscal Electrónico.

Reintegro del IVA en compras de la canasta básica

Los beneficiarios del programa reciben el reintegro del IVA en sus compras de la canasta básica con tarjeta de débito. El tope de devolución es de $18.800 por mes y por persona.

Este programa se aplica a empleados con ingresos mensuales de hasta seis veces el salario mínimo, vital y móvil; titulares de jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas (PNC) de hasta seis haberes mínimos; monotributistas sin otros ingresos; trabajadores del servicio doméstico; y beneficiarios de la asignación universal por hijo (AUH), potenciar trabajo y asignación por embarazo.

Es posible verificar el padrón de beneficiarios desde la página del Programa Compre sin IVA. Para hacerlo se tiene que ingresar el número de UCIL o CUIT de la persona a consultar.

La vigencia de este programa es hasta fin de año pero se presentó un proyecto de ley para que sea permanente.

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