Trabajadora en su puesto laboral

La Justica declaró inconstitucional la reforma laboral

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional la reforma laboral establecida en el DNU 70/2023 de Javier Milei.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dio lugar al amparo presentado por la CGT. Debido a ello declaró inconstitucional la reforma laboral aplicada por el Presidente Javier Milei. Dicha medida fue celebrada por el titular del sindicato, Héctor Daer, en la red social X.

Javier Milei estableció una polémica reforma laboral en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.

Tras su publicación en el Boletín Oficial, la CGT presentó un amparo ante la Justicia. Luego de una apelación con más de 30 páginas presentada por el Gobierno Nacional, la Justicia dio lugar al gremio. Por ello declaró la invalidez constitucional de la reforma laboral contemplada en el Capítulo 4 del megadecreto.

La Justica recalcó que no se registraba ningún impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso. Además recordó que el 27 de diciembre de 2023, antes de la entrada en vigencia del DNU, lo convocó.

Reforma laboral establecida por Javier Milei

Eliminación de multas por trabajo no registrado

El DNU de Javier Milei eliminaba las multas por trabajo no registrado o registrado con forma diciente.

Ampliación del período de prueba

Se ampliaba el período de prueba a ocho meses. En este tiempo, tanto el empleador como el empleado podían extinguir el vínculo laboral sin causa. Es decir, no se generaba el derecho de indemnizaciones durante el período.

Licencia por embarazo

Los empleadores podían solicitar que se tome la licencia por embarazo hasta 10 días antes de la fecha probable de parto. Actualmente, el período es de 30 días.

Reducción de indemnizaciones por despido

Se reducían las indemnizaciones por despido excluyendo el aguinaldo y otros conceptos de pago semestral o anual.

Fondo de cese modelo Uocra

Se implementaba el modelo Uocra. Es decir se creaba un fondo de cese laboral a cargo del empleador, quien podía optar por un sistema privado. Su aporte mensual no podía superar el 8% de la remuneración computable.

Reincorporación de trabajador

En caso de despido y reincorporación, el empleador liquidaba la indemnización liquidada con una actualización por el Índice de Precios al Consumidor más una tasa del 3% anual.

Injuria laboral grave

Se consideraban los bloqueos o tomas del establecimiento como una injuria laboral grave. Debido a ello, los trabajadores podían ser despedidos sin justa causa.

Pago de sueldos en efectivo

Los empleadores podían optar por pagar los sueldos de sus trabajadores en ejecutivo, cheque a la orden o acreditación bancaria.

Eliminación de ultraactividad de los Convenios Colectivos de Trabajo

Quedaba eliminada la prórroga automática aplicada durante las negociaciones en los Convenios Colectivos de Trabajo.

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