Manos con dólares

AFIP y Migraciones controlan la compra del «Dólar Turista»

Desde que  el pasado jueves el Banco Central de la República argentina, BCRA, aprobara la Comunicación Nº 5318, oficializando la veda de la compra de dólares para ahorro, muchos se volcaron a comprar divisas extranjeras por motivos de viajes, pidiendo la autorización a la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Por ese motivo es que ahora se incorporó para el cruce de información a la  Dirección Nacional de Migraciones, DNM, con tareas de verificación. La  AFIP y migraciones controlan la compra del “Dólar Turista” el único que quedo más accesible  de acceder en el mercado formal para los minoristas. Desde este martes pasado, personal de la DNM a las tareas de verificación son los encargados de cerrar el cerco […]

Desde que  el pasado jueves el Banco Central de la República argentina, BCRA, aprobara la Comunicación Nº 5318, oficializando la veda de la compra de dólares para ahorro, muchos se volcaron a comprar divisas extranjeras por motivos de viajes, pidiendo la autorización a la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Por ese motivo es que ahora se incorporó para el cruce de información a la  Dirección Nacional de Migraciones, DNM, con tareas de verificación.

La  AFIP y migraciones controlan la compra del “Dólar Turista” el único que quedo más accesible  de acceder en el mercado formal para los minoristas.

Desde este martes pasado, personal de la DNM a las tareas de verificación son los encargados de cerrar el cerco que le permitirá al Gobierno comprobar que aquellas personas que compraron divisas extranjeras legalmente y a precios de la cotización oficial, las utilicen efectivamente para los fines que las declararon  ante la AFIP, cuando realizaron el correspondiente pedido de adquisición.

Sucede que el ingreso y salida de las personas los tiene la DNM. Y desde el día de ayer, martes, 10 de julio de 2012. se encuentran obligados a informar dichos movimientos para que luego la AFIP y el BCRA los crucen con los datos de las personas que pasaron por los mostradores de bancos o casas de cambio para comprar por su viaje al exterior.

Recordamos que cuando una persona necesita comprar divisas extranjeras para utilizar en un viaje a realizar, debe informar a la AFIP a través de su página Web, sus datos personales y fiscales; actividad laboral; país de destino, motivo del viaje, fecha de salida y regreso y si utiliza una agencia de turismo los datos de la misma.

La AFIP autoriza la compra de la cantidad y moneda para su viaje en función del destino, cantidad de personas y la duración del viaje. Aquel que por alguna circunstancia cancela el viaje cuenta con cinco (5) días hábiles para devolver la divisa que le fue vendida. Ahora con la incorporación de la DNM se pretende que no se falsee la Declaración Jurada. Por lo tanto, toda esta operación quedará legalizada una vez que el viajante logre que en su pasaporte figure la fecha de embarque.

La persona que no realice el viaje y no reintegre las divisas quedan alcanzados por las generales de la ley penal cambiaria, que contemplan desde una suspensión para operar, una multa (por hasta 10 veces lo comprado), hasta la inhabilitación perpetua o, inclusive, en casos de reincidencia, puede caberle la pena de prisión de uno a cuatro años.

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