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ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa. La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo. La multa por no cumplir en […]

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa.

La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo.

La multa por no cumplir en tiempo y formo es un recargo que va del 10% al 40% del total de las remuneraciones que abone el empleador.

El porcentaje varia según se trate de realizarla después del quinto día hábil, o se se llega al estado de “Suspensión por Probable Percepción Indebida”, que se da cuando ANSES al realizar el cruce de información saltan los nuevos aportes previsionales del beneficiario.

La baja de la prestación la puede realizar el beneficiario en la sede de ANSES más cercana al domicilio, o bien enviando una notificación por medio postal como un telegrama, carta documento o una nota presentada a través de una persona autorizada, en la que debe figurar:

  • Apellido y nombre, del hasta ese momento beneficiario.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Fecha en la que se incorporó al nuevo empleo.
  • Firma y la aclaración.

Recordamos que como todo trámite administrativo presentado es importante conservar copia sellada y firmada de la prestación realizada, la cual servirá de comprobante ante cualquier inconveniente que se presente en el futuro.

De no realizar la baja respectiva en el lapso estipulado, cinco (5) días hábiles, luego de haber ingresado a un nuevo empleo registrado, deberá hacerlo y pagar la multa de la infracción, caso contrario el monto actualizado le será descontado de las cuotas de una posible nueva solicitud de la prestación por desempleo, o sobre el cobro de las Asignaciones Familiares, hasta que cancele lo adeudado, o inclusive del haber jubilatorio.

Muchas consultas son del porque no cobro las Asignaciones Familiares y es precisamente por la deuda que se mantiene con ANSES por el cobro indebido que no se realizarán hasta el momento de haber cancelado  la deuda contraída y puede llegar hasta afectar el cobro de la jubilación.

208 comentarios en “ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo”

  1. Buen dia, mi padre estaba cobrando el fondo de deseempleo hace 10 años y no lo dio de baja cuando comenzo a trabajar, por lo tanto mi mama lo estaba cobrando y lo hizo por 6 años hasta que se la suspendieron porque mi hermano comenzo a trabajar y como tiene el mismo nombre que mi papa la pusieron como que era hija de el, y ahora resulta q no le quieren pagar xq dicen q no presento la libreta de la nena firmada por la escuela y el medico.. creo q no son asi las cosas..pero necesito alguien q nos asesore.. desde ya muchas gracias

  2. Hola recién acabo de hablar con ANSES y les expuse la situación el 19/03 me dieron el alta en un trabajo pero cobro con cupones el periodo de capacitación. La fecha de cobro del seguro es hoy 28/03 y me dijeron que la podía cobrar, sinceramente estuve a mil y hoy cuando vi el papel del seguro llame al ANSES. Y me dijeron que estaba ok, que lo cobre pero que el martes lo vaya a dar de baja. Al decirme eso me quedo tranquila que no me van a cobrar multa. No?

  3. Hola quería saber de cuánto es la multa yo leí que el el 10% o el 40 % la multa es de lo que yo estoy cobrando??

  4. mi pregunta es .. si estoy cobrando el fondo de desempleo pero tomo un trabajo que solo es por 15 dias, debo avisar igual aunque luego de esa fecha vuelva a estar sin el .?

  5. Hola yo trámite la baja y nunca figuró en sistemas a lo que para mi sorpresa me quedé sin salario ..hace un año que no cobró nada !!!
    Mi pregunta es; la deuda se salda con el salario y/o asignación ???

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