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AFIP incorpora Cambios en los Controladores Fiscales

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.561, ya publicada en el Boletín Oficial, incorpora cambios en los Controladores Fiscales y los obligados a comenzar con la nueva tecnología serán los hipermercados, supermercados y autoservicios. Estos comercios en todos los casos de ventas a consumidores finales con tickets, deberán informar periódicamente el organismo fiscal a través de la página Web. La AFIP dispuso la necesidad de incorporar nuevos controladores fiscales y los primeros que tendrán que utilizarlos e informar ventas a los consumidores finales serán los hipermercados, supermercados y estaciones de servicios. La normativa indica que en una primera instancia, solamente los grandes centros comerciales serán los que deben incorporar los nuevos y más […]

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.561, ya publicada en el Boletín Oficial, incorpora cambios en los Controladores Fiscales y los obligados a comenzar con la nueva tecnología serán los hipermercados, supermercados y autoservicios. Estos comercios en todos los casos de ventas a consumidores finales con tickets, deberán informar periódicamente el organismo fiscal a través de la página Web.

La AFIP dispuso la necesidad de incorporar nuevos controladores fiscales y los primeros que tendrán que utilizarlos e informar ventas a los consumidores finales serán los hipermercados, supermercados y estaciones de servicios.

La normativa indica que en una primera instancia, solamente los grandes centros comerciales serán los que deben incorporar los nuevos y más sofisticados controladores fiscales para generar sus ventas a los consumidores finales.

Los contribuyentes obligados deberán informar por medio de la página Web, www.afip.gov.ar, opción «Gestión de Controladores Fiscales», sus operaciones realizadas.

  • Equipos nuevos la información será de carácter semanal.
  • Autorizados a facturar con los equipos viejos, informarán mensualmente.

Si bien los Monotributistas no se encuentran obligados a utilizar los controladores fiscales por tener que hacerlo manualmente, aquellos que si los utilicen por opción, deberán hacerlo bajo la nueva modalidad. Inclusive los que elijan hacer a partir de la categoría H, deberán utilizar los equipos de nueva tecnología.

Comercios de delivery que son Monotribtistas y facturan bajo modalidad de tickets también deberán utilizar la nueva tecnología y estarán obligados a acompañar sus productos con la factura fiscal.

Comerciantes que facturen a consumidores finales y a otros clientes, serán obligados a utilizar el controlador fiscal para todas las operaciones, siempre y cuando la cantidad de facturas anuales emitidas a consumidores superen las 240, o bien cuando el importe total de las mismas sea mayor al 5% del monto total de las operaciones del año.

La AFIP informó que se les brindará “facilidades” para que los contribuyentes implementen el nuevo sistema reduciendo los costos de papel y eliminando la necesidad de su almacenamiento. A la vez que, con la información que queda registrada en los equipos, el organismo también podrá seguir desde más cerca la evolución de la actividad y los precios de los bienes.

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