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Registro de la Propiedad Inmueble

El Registro de la Propiedad Inmueble, esta atravesando un conflicto, el Ministerior de Economía dicto la Resolucion Nº 349: La Plata, diciembre de 2007 VISTO el Decreto 2159 de fecha 31 de agosto de 2001, y CONSIDERANDO: Que mediante el citado acto administrativo, el Sr. Gobernador en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Fundamental Provincial en su carácter de Jefe de la Administración de la Provincia, autorizó al Señor Ministro de Economía a declarar días inhábiles para el cómputo de los plazos, cuando razones de fuerza mayor impidieran el normal funcionamiento de las reparticiones y/o dependencias que se desenvuelven bajo su órbita; Que en el caso, la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad está atravesando un […]

El Registro de la Propiedad Inmueble, esta atravesando un conflicto, el Ministerior de Economía dicto la Resolucion Nº 349:

La Plata, diciembre de 2007

VISTO el Decreto 2159 de fecha 31 de agosto de 2001, y CONSIDERANDO:

Que mediante el citado acto administrativo, el Sr. Gobernador en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Fundamental Provincial en su carácter de Jefe de la Administración de la Provincia, autorizó al Señor Ministro de Economía a declarar días inhábiles para el cómputo de los plazos, cuando razones de fuerza mayor impidieran el normal funcionamiento de las reparticiones y/o dependencias que se desenvuelven bajo su órbita;

Que en el caso, la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad está atravesando un período de conflicto, que ha derivado en la suspensión de tareas por parte de su personal, que imposibilita su normal funcionamiento y cumplimiento de las misiones asignadas por Ley;

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Decláranse días inhábiles para el cómputo de los plazos registrales que correspondieren, a partir del 3 de diciembre del corriente año y hasta tanto se reestablezca en tiempo y forma la debida atención al usuario.-

ARTICULO 2º: Registrar. Comunicar a la Subsecretaría de Ingresos Públicos, y por su intermedio a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad. Hecho, archivar.

RESOLUCIÓN Nº 349

Lic. CARLOS R. FERNANDEZ
Ministro de Economía
Provincia de Buenos Aires

MARÍA FERNANDA PASSARO
Supervisora-Disp. Adm. D.T. Nº 22/02
División Despacho – Dto. Administrativo
Dcción. Pcial del Registro de la Propiedad

4 comentarios en “Registro de la Propiedad Inmueble”

    1. Hilda

      No decis donde esta la propiedad, pero si esta en la provinca de Buenos Aires se pide en La Plata, si no podes viajar por medio de un gestor o unpoco mas caro escribano. necesitas lso datos de la escritura, y especialmente la última hoja donde esta el Nº de registro

  1. Recien veo esta resolucion, y me parace una medida justa desde el gobierno, para no perjudicarnos aun mas. LLevo mas de un mes de angustia por no poder escriturar porque los certificados no salen.

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