Carpeta abierta con logo de AFIP

El Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) reemplaza al SICORE

A través de la Resolución General N° 3.726 que se publicó en el Boletín Oficial el 26 de enero de 2015, AFIP comunicó a los monotributistas la implementación del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) que reemplazará al programa aplicativo «SIJP – Retenciones y Percepciones«. La sustitución se irá haciendo de manera progresiva al programa aplicativo denominado «SICORE Sistema de Control de Retenciones«. Sujetos: agentes de retención y/o percepción que actúen como tales en los respectivos regímenes de la seguridad social y del Impuesto a las Ganancias-Beneficios del Exterior. Objeto: Los ingresos sustitutivos de las retenciones, en carácter de regímenes excepcionales o especiales de ingreso, que están a cargo de los receptores de los importes de las rentas u operaciones […]

A través de la Resolución General N° 3.726 que se publicó en el Boletín Oficial el 26 de enero de 2015, AFIP comunicó a los monotributistas la implementación del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) que reemplazará al programa aplicativo «SIJP – Retenciones y Percepciones«. La sustitución se irá haciendo de manera progresiva al programa aplicativo denominado «SICORE Sistema de Control de Retenciones«.

Sujetos: agentes de retención y/o percepción que actúen como tales en los respectivos regímenes de la seguridad social y del Impuesto a las Ganancias-Beneficios del Exterior.

Objeto:

  • Los ingresos sustitutivos de las retenciones, en carácter de regímenes excepcionales o especiales de ingreso, que están a cargo de los receptores de los importes de las rentas u operaciones como beneficiarios de los pagos u otro carácter.
  • Ingresos a cargo de los receptores de los importes de las rentas u operaciones, por imposibilidad u omisión de la actuación que corresponda al respectivo agente de retención.

Para determinar e ingresar las retenciones y percepciones los sujetos deberán efectuar el envío de la declaración jurada informando nominativamente las retenciones y percepciones efectuadas en el curso de cada mes calendario. La declaración jurada F. 996 (Seguridad Social) y F. 997 (Impositiva) deberá generarse ingresando al servicio con clave fiscal «Mis Aplicaciones web».

Para ingresar el importe de las retenciones y percepciones practicadas, se utilizarán los códigos indicados a continuación.

SEGURIDAD IMPUESTO CONCEPTO SUBCONCEPTO
Saldo de la declaración jurada 353 736 736
Pago a cuenta 353 27 27
BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR IMPUESTO CONCEPTO SUBCONCEPTO
Saldo de la declaración jurada 218 19 19
Pago a cuenta 218 27 27

Recordemos que corresponderá a los sujetos emitir el certificado de retención y/o percepción y entregárselo a quienes sufrieron las mismas. La generación de los certificados se realizará a través de la página de la AFIP, ingresando al servicio con clave fiscal «Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)».

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *