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ANSeS: Cambio de apoderado para cobrar jubilación o pensión

Los jubilados y/o pensionados pueden designar a una persona para que realice el cobro de sus haberes y/o trámites en las delegaciones de ANSeS a su nombre. Los que hayan efectuado dicho trámite y necesiten hacer el cambio del apoderado para cobrar jubilación o pensión deben hacerlo personalmente en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina del organismo previsional más cercana a su domicilio. El trámite de cambio de apoderado de un jubilado y/o pensionado debe ser realizado por el titular de la prestación previsional en la oficina de ANSeS más cercana a su domicilio sin solicitar un turno previo. Al momento de efectuarlo, el adulto mayor debe ir acompañado de la nueva persona que desea designar y su […]

Los jubilados y/o pensionados pueden designar a una persona para que realice el cobro de sus haberes y/o trámites en las delegaciones de ANSeS a su nombre. Los que hayan efectuado dicho trámite y necesiten hacer el cambio del apoderado para cobrar jubilación o pensión deben hacerlo personalmente en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina del organismo previsional más cercana a su domicilio.

El trámite de cambio de apoderado de un jubilado y/o pensionado debe ser realizado por el titular de la prestación previsional en la oficina de ANSeS más cercana a su domicilio sin solicitar un turno previo. Al momento de efectuarlo, el adulto mayor debe ir acompañado de la nueva persona que desea designar y su Documento Nacional de Identidad (DNI) o Tarjeta Argenta.

Cabe señalar que cada jubilado / pensionado puede contar con hasta dos apoderados, uno para cobrar la jubilación / pensión y el otro para realizar trámites.

En caso de querer hacer el cambio de domicilio del apoderado es posible realizarlo de las siguientes maneras:

  • Personalmente: En la UDAI más cercana.
  • Telefónicamente: Es necesario comunicarse al número de teléfono 130 de lunes a viernes, en el horario de las 8:00 a 20:00 horas.
  • Por Internet: Ingresando en el portal del origenismo previsional con la Clave de la Seguridad Social.

Una vez realizado el cambio de domicilio, el mismo se hará efectivo en aproximadamente noventa días.

334 comentarios en “ANSeS: Cambio de apoderado para cobrar jubilación o pensión”

  1. Hola..estoy tramitando ser apoderada de una persona q esta en un geriatrico..y a la vez quisiera saber si se puede tener otra persona a cargo, ya que donde trabajo me pide tambien que sea su apoderado.-puedo ser de 2 personas indistinta.-gracias

  2. Hace mas de un año puse de apoderada a mi señora y hasta el día de hoy no salió en el recibo de haberes. Afortunadamente no fue necesario que ella lo usara.

  3. Buenas tardes tengo mi madre de 90 años mi hermana era la apoderada y se fue a vivir a España
    ahora necesito hacer el poder a mi nombre para cobrar pension y jubilacion para pagar el geriatrico no puedo trasladarla por su estado de salud .Como puedo hacer ?

  4. Hola quería saber q necesitó para ser la apoderada de mi abuela ya es mi tía pero ahora quieren q des yo tenemos q ir mi tía yo y mi abuela a hacer los trámites o puedo ir yo sola con mi abuela?

  5. buenos dias. soy apoderada de mi tia abuela que tiene 98 años de edad. El poder vence en febrero, necesito saber q necesito para renovar y donde dirigirme. y si es necesario ir con ella o si basta con presentar su dni y ultimo recibo de cobro- inisito q su edad es de 98 años.
    muchas gracias.
    saludos Maria Luisa

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