Empleada doméstica

Salario mínimo Servicio doméstico

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo. Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo. TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08 Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906 Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90 Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de […]

El salario mínimo del personal de servicio doméstico está regido por disposiciones del Ministerio de Trabajo.

Por resolución Nº 1306, el Ministerio de Trabajo dispuso un aumento del 36% en el sueldo mínimo del servicio doméstico, que rige a partir del 1º de noviembre 2007 y que, por lo tanto, deberá comenzar a pagarse con los haberes de ese mes. Además, el gobierno estableció otro incremento del 9%, que se liquidará en marzo próximo.

TABLA DE LOS SALARIOS MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMÉSTICOS

SALARIO MÍNIMO PERSONAL SERVICIO DOMESTICO
Personal que trabaja Categoría Actual Noviembre/07 Marzo/08
Sueldo Mensual (Trabaja 8hs.) 4ta. $610.- $ 830 $906
Por hora 4ta. $ 4.65 $ 6.30 $ 6.90
Institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomo, damas de compañía y nurses 1ra. $1.021.- $ 1.114.-
Mucamas, niñeras y cocineros especializados 2da. $ 947.- $ 1.024.-
Cocineros, mucamas, niñeras, auxiliares para todo tipo de trabajo, caseros y jardineras- 3ra. $925.- $ 1.010.-

Aportes correspondientes por mes para los empleadores que se adhirieron al régimen de regularización del personal doméstico, se mantendrán inalterados. Así, el pago mensual correspondiente a la cuarta categoría permanecerá en $ 59,44.

2.918 comentarios en “Salario mínimo Servicio doméstico”

  1. Hola Graciela te queria hacer un par de preguntas:
    1- Voy a tener a una persona que va a hacer todo tipo de tareas en mi casa, 8 horas diarias y de 8/9 a 13 los sabados; en que categoria encuadraría? (planchar, lavar, limpiar, cocinar) No es cama adentro.

    2- Cual es el salario minimo acordado por ley para esa categoria?

    3- En caso que ella no trabaje 1 día de la semana, sigue encuadrada en la misma categoria? el sueldo que le corresponderia es un proporcional o pasa a ser media jornada?.
    Muchisimas gracias.

  2. Hola Graciela,
    muchas gracias por tu información, me es muy útil.
    Te quiero consultar si los formularios correspondientes a los aportes que le hago a la empleada (que hasta hoy los completaba un contador), puedo solicitarlos y completarlos yo. En tal caso me interesaría saber qué formularios debo solicitar, y dónde (en afip?), es decir, cuáles son los pasos a seguir. Te aclaro que la empleada está con cama, de domingo a la noche a sábados al la mañana, (realizando tareas domésticas y cuidando a una persona mayor)y le estoy haciendo aportes por $ 72.
    Te agradezco nuevamente tu atención.

  3. Tengo una persona que viene a limpiar la casa de lunes a viernes de 9 a 15hs. Quisiera saber a que categoría pertenece para poder hacerle los calculos de sueldo. Gracias.

  4. Hola Claudio:

    No Si no queres poner que trabaja mas de 16 horas, paga los $39 y luego que ella se acerque a la obra social y pida un formulario para pagar: Los 33 de aportes voluntarios no corresponden a la obra social son para la jubilación El 575 en la parte inferior dice obra social codigo 302 diferencia de aporte ese seria mas conveniente pero por las dudas que averigue bien en la obra social para saber si ademas tienen que pagar algun adiccional .

    gracias

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