Familia mirando EconoBlog en una tablet

Nuevo aumento del Servicio Doméstico 2015 – 2016

El día de la fecha, martes 29 de septiembre, se ha ha sellado el primer Acuerdo Salarial del personal de Casas Particulares. En dicha negociación, los sindicatos y los representantes de los empleadores acordaron un nuevo aumento del Servicio Doméstico 2015 – 2016 del 28%. Dicha suba de la escala salarial se aplicará en dos cuotas, la primera del 21% retroactiva al mes de septiembre y la segunda del 7% que se aplicará desde diciembre. El aumento del Servicio Doméstico 2015 – 2016 fue acordado en el marco de las primeras paritarias que se han celebrado gracias a la Ley 26.844. Las negociaciones fueron presididas por Subsecretario de Relaciones Laborales de la cartera laboral, Álvaro Ruiz, y de las mismas […]

El día de la fecha, martes 29 de septiembre, se ha ha sellado el primer Acuerdo Salarial del personal de Casas Particulares. En dicha negociación, los sindicatos y los representantes de los empleadores acordaron un nuevo aumento del Servicio Doméstico 2015 – 2016 del 28%. Dicha suba de la escala salarial se aplicará en dos cuotas, la primera del 21% retroactiva al mes de septiembre y la segunda del 7% que se aplicará desde diciembre.

El aumento del Servicio Doméstico 2015 – 2016 fue acordado en el marco de las primeras paritarias que se han celebrado gracias a la Ley 26.844. Las negociaciones fueron presididas por Subsecretario de Relaciones Laborales de la cartera laboral, Álvaro Ruiz, y de las mismas han participado seis sindicatos; dos cámaras que representan a los empleadores del sector, el Sindicato de Amas de Casa de la República Argentina (SACRA) y Empleadores de Trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (EMTRACAP); y los ministerios de Trabajo, de Economía y de Desarrollo Social.

El aumento pactado en la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares será aplicado de la siguiente forma:

  • Septiembre: 21%.
  • Diciembre: 7%.

Es por esta razón que en los sueldos pagados este mes se debe de tener en cuenta el aumento.

La nueva escala salarial del servicio doméstico 2015-2016 publicada por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) es la siguiente:

Categoría Tareas Retribución en el mes de Por hora con retiro Por hora sin retiro Por mes con retiro Por mes sin retiro
Supervisor/a Coordinación y control de tareas realizadas por una o más personas. Agosto 40 44 5.135 5.720
Septiembre 49 54 6.213 6.921
Diciembre 52 57 6.573 7.322
Personal para tareas específicas Personal contratado como cocinero o para desempeñar otra tarea que requiere idoneidad. Agosto 38 42 4.771 5.311
Septiembre 46 51 5.773 6.427
Diciembre 49 54 6.107 6.798
Caseros Trabajadores que desempeñan tareas para el cuidado de una propiedad en dónde habita con motivo del contrato de trabajo. Agosto 36 4.654
Septiembre 44 5.632
Diciembre 46 5.958
Asistencia y cuidado de personas Persona que brinda asistencia y cuidado no terapéutico de personas enfermas, discapacitadas, menores de edad o ancianos. Agosto 36 40 4.654 5.187
Septiembre 44 49 5.632 6.277
Diciembre 46 52 5.958 6.640
Personal para tareas generales Empleados que brindan servicio de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de alimentos y cualquier otra tarea del hogar. Agosto 33 36 4.186 4.654
Septiembre 40 44 5.065 5.632
Diciembre 43 46 5.358 5.958

Se estima que este aumento en los sueldos de las empleadas domésticas beneficiará a 1,1 millones familias de toda la República Argentina.

594 comentarios en “Nuevo aumento del Servicio Doméstico 2015 – 2016”

  1. hola graciela, como estas? disculpa yo le pedi un aumento a mi jefa y ella me dijo qe recien me puede aumentar despues de 6 meses, yo entre a trabajar el 1 de julio, yo trabajo en cama adentro y ahora todas las tareas y como ya te dije en otra ocasion trabajo de 12 a 14 horas por dia y los sabado trabajo 5 horas y media, mi sueldo ahora es de 6800, osea me dijo qe el aumento ella iba a ver si me lo daba en el mes de febrero. yo pregunte en la asociacion para empleadas domesticas y me dijeron qe solo mi trabajo con cama es de 8 horas y si es mas qe deberian ser horas extras, y en mi recibo de sueldo dice 40 horas trabajadas, disculpa las molestias y gracias

    1. fabiola Trabajo con cama no es 8 diarias, tenes descansos, horas de comidas etc. pero no es 8 diarias y te esta pagando mas del sueldo mínimo vos decidis si queres o no trabajar

  2. Hola queria saber en marzo van hacer 3 años que trabajo con una familia ago limpieza y cuido dos nene el arreglo con ells fue en dias d clase trabajo de 14:00 a 19:30 y en vacaciones y dias que los chicos no tienen clase entro de 8:45 a 20:00 para completar el horario de 8 horas,mi sueldo es de 5065 yo quiero saber si me corresponde categoria quinta o cuarta y consulto si yo en mayo del siguiente año renuncio que me corresponde que me pagen como tendria que sacar mi liquidacion,gracias

    1. livia sueldo minimo Noviembre 45632.- diciembre $6276.- estas categoría 4ta. el sueldo es por 8 diarias, 48 semanales o 200 mensuales las demás son extras. si renuncias te tienen que pagar los días trabajados, mas vacaciones y aguinaldo proprocional

  3. Hola me gustaria saber de cuanto debe ser mi sueldo .Yo trabajo de lunes a viernes 6 horas diarias ,en la que hago todo el trabajo o sea general mas el cuidado de una criatura .Pregunto todo esto porque en relacciones laborales de mi ciudad ,me dieron un sueldo de 3380 por esa cantidad de horas y tambien averigue en el ministerio de trabajo de mi provincia y me dijeron que el sueldo es de 3780.No es el mismo sueldo para todas las empleadas domesticas en el pais,lo pregunto porque yo soy de Sta Rosa La Pampa.Gracias por la respuesta que puedas darme

    1. Silvia, Sueldo mínimo en noviembre $5632.- en diciembre $6276.- dividido 200 y por la cantidad de horas que trabajes en el mes, rondo los $3700.- cada mes es diferente y depende de la cantidad de das del mes Menos 4233.- del aporte que pagan las trabajadoras

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *