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AFIP: Calendario con vencimientos de empleadores en Diciembre de 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha estipulado que el miércoles 9 se de comienzo al calendario de vencimiento para empleadores de Diciembre de 2015. En este artículo, EconoBlog detalla cada una de las fechas límites para que dichos contribuyentes efectúen el pago de los aportes y las contribuciones de su personal en relación de dependencia. La forma de generar la Declaración Jurada (DDJJ) de esta obligación varía dependiendo del número de empleados. El cronograma con las fechas de vencimiento de los aportes y las contribuciones varía dependiendo de la finalización del número de CUIT del empleador. El calendario estipulado por AFIP para esta obligación en el mes de diciembre de 2015 es el siguiente: terminación del CUIT Vencimiento […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha estipulado que el miércoles 9 se de comienzo al calendario de vencimiento para empleadores de Diciembre de 2015. En este artículo, EconoBlog detalla cada una de las fechas límites para que dichos contribuyentes efectúen el pago de los aportes y las contribuciones de su personal en relación de dependencia. La forma de generar la Declaración Jurada (DDJJ) de esta obligación varía dependiendo del número de empleados.

El cronograma con las fechas de vencimiento de los aportes y las contribuciones varía dependiendo de la finalización del número de CUIT del empleador. El calendario estipulado por AFIP para esta obligación en el mes de diciembre de 2015 es el siguiente:

terminación del CUIT Vencimiento
0 y 1 09/11/15
2 y 3 10/11/15
4 y 5 11/11/15
6 y 7 14/11/15
8 y 9 15/11/15

La generación de la DDJJ (Formulario 931) varía dependiendo del número de dependientes que tiene el contribuyente:

  • Hasta 200: Es necesario hacerlo utilizando el servicio «Declaración en Línea» del sitio web del organismo recaudador. Esto requiere la utilización de la Clave Fiscal, la cual se puede generar por Internet siguiendo los pasos detallados AQUÍ.
  • De 200 a 300: Se puede optar por:
    • Hacerlo como se detalla en el punto anterior.
    • Realizarlo usando el aplicativo Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS) y remitir la misma mediante el servicio «Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos» de la página web del Fisco.
  • Más de 300: Hacerlo con el software SICOSS y presentar el formulario mediante la sección «Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos» de la página del organismo recaudador.

Es importante tener en cuenta que si se desea pagar los aportes y las contribuciones por Internet es necesario generar un Volante Electrónico de Pago (VEP), lo cual se puede hacer como se indica ACÁ. Con el mismo, la obligación puede ser cancelada con pago Mis Cuentas, LinkPagos, InterBanking o las páginas de los bancos habilitados.

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