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Requisitos de Pensión de Madres Solteras

El Gobierno de la Provincia de Santa Fe otorga una prestación a las mamás que no hayan contraído matrimonio, hayan sido abandonadas o sean viudas; estén en estado de vulnerabilidad económica-social; y tengan hijos menores de 16 años de edad a su cargo. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar permite consultar la lista de los requisitos de la Pensión de Madres Solteras (Ley 5110). La Pensión de Madres Solteras es un beneficio otorgado por el Gobierno de Santa Fe a aquellas mujeres que, por diversos motivos, han quedado desamparadas y en situación de indigencia o pobreza; y cuenten con uno o más hijos menos de 16 años a su cargo. Los requisitos de Pensión de Madres Solteras son los siguientes: […]

El Gobierno de la Provincia de Santa Fe otorga una prestación a las mamás que no hayan contraído matrimonio, hayan sido abandonadas o sean viudas; estén en estado de vulnerabilidad económica-social; y tengan hijos menores de 16 años de edad a su cargo. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar permite consultar la lista de los requisitos de la Pensión de Madres Solteras (Ley 5110).

La Pensión de Madres Solteras es un beneficio otorgado por el Gobierno de Santa Fe a aquellas mujeres que, por diversos motivos, han quedado desamparadas y en situación de indigencia o pobreza; y cuenten con uno o más hijos menos de 16 años a su cargo.

Los requisitos de Pensión de Madres Solteras son los siguientes:

  • Ser residente de la Provincia de Santa Fe.
  • Ser madre viuda, soltera o abandonada de uno o más hijos menores de 16 años.
  • No percibir una jubilación, pensión o subsidio de cualquier naturaleza con un haber mayor al monto establecido por la Ley N° 5.110.
  • Acreditar en forma sumaria y fehaciente el estado de necesidad de esta prestación.
  • No tener familia con obligación de brindar asistencia alimentaria o, si se tiene, que los ingresos de éstos familiares sólo les permitan cubrir sus necesidades mínimas propias y las de las personas a su cargo.

La documentación requerida para tramitar la Pensión de Madres Solteras es la siguiente:

  • Fotocopia de Documento Nacional de Identidad (DNI) de todos los miembros de la familia, quienes deben contar con el mismo domicilio.
  • Copia de la Partida de Nacimiento de los hijos menores.
  • Certificado de escolaridad de los menores.
  • Si corresponde, copia del recibo de haberes o ticket del plan social de los mayores de 21 años que habiten la vivienda (incluyendo la madre o representante).
  • Si corresponde, copia de la Libreta de Casamiento o de Familia completa; o Acta de Matrimonio.
  • Si corresponde, copia de la sentencia de divorcio.
  • Número de documento, recibo de haberes y localidad de los miembros del grupo familiar que estén obligados a brindar asistencia alimentaria a los niños. Esto incluye a los padres, abuelos, hijos, hermanos y cónyuge.
  • Número de teléfono de contacto.

Los formularios, que se pueden descargar a continuación en formato PDF, son completados por el personal del organismo o empleados de las municipalidades o comunas autorizados. Es por esta razón que el trámite es gratis y no se requiere la contratación de un gestor.

La tramitación de la Pensión de Madres Solteras se debe realizar en la Casa Central, ubicada en Obispo Gelabert 2950, o en cualquiera de las delegaciones del interior de la Provincia de Santa Fe. En caso de tener dudas sobre el tema es posible comunicarse a los teléfonos 54- 342- 4573178, 4573179, 4573180 ó 4573181 los días hábiles en el horario de 7:00 a 13:00 horas.

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