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AFIP: Prórroga para hacer recategorización del Monotributo 2017

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido otorgar una prórroga para hacer recategorización del Monotributo en enero de 2017 mediante www.afip.gov.ar. Si bien debía cumplirse antes del viernes 20, el organismo dirigido por Alberto Abad ha decidido que la esta obligación se puede hacer hasta el martes 31 debido a que el servicio ha estado inhabilitado por unos días. Tras la aprobación de la reforma del Impuesto a las Ganancias y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), AFIP realizó una serie de cambios en su sistema que imposibilitó a los contribuyentes acceder a la recategorización del Monotributo y al Régimen de Sinceramiento Fiscal. Es por esta razón que el Fisco Nacional tomó la determinación de mover la […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido otorgar una prórroga para hacer recategorización del Monotributo en enero de 2017 mediante www.afip.gov.ar. Si bien debía cumplirse antes del viernes 20, el organismo dirigido por Alberto Abad ha decidido que la esta obligación se puede hacer hasta el martes 31 debido a que el servicio ha estado inhabilitado por unos días.

Tras la aprobación de la reforma del Impuesto a las Ganancias y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), AFIP realizó una serie de cambios en su sistema que imposibilitó a los contribuyentes acceder a la recategorización del Monotributo y al Régimen de Sinceramiento Fiscal. Es por esta razón que el Fisco Nacional tomó la determinación de mover la fecha límite que tienen los monotributistas para encuadrarse en una nueva categoría al 31 de enero de 2017.

Para efectuar la rectegorización del Monotributo 2017 es necesario considerar la nueva escala y la categorización de oficio que ha efectuar el organismo recaudador, la cual se puede consultar ingresando ACÁ e indicando el número de CUIT.

Al momento de realizar la la nueva categoría de oficio, AFIP decidió bajar un escalafón a cada monotributista, exceptuando a las sociedades, considerando las siguientes pautas y presunciones:

Al 31 de diciembre de 2016 Nueva categoría Ingresos Brutos hasta
B A $84.000
C B $126.000
D C $168.000
E D $252.000
F E $336.000
G F $420.000
H G $504.000
I H $700.000
J I $822.500
K J $945.000
L K $1.050.000

Si bien se ha realizado la recategorización de oficio, es obligatorio verificar que se esté bien encuadrado en la nueva categoría. De este modo, en caso de corresponder, el sujeto tiene la oportunidad de bajar dos o tres niveles más a bajo o subir uno dependiendo de sus ingresos brutos (IIBB), la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados. Para hacerlo no debe hacer una recategorización sino que modificar sus datos antes del 31 de enero de 2017.

Los pasos a seguir para cumplir con la recategorización del Monotributo son los siguientes:

  • Entrar a www.afip.gov.ar con el CUIT y la Clave Fiscal, la cual se puede obtener siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.
  • Pulsar en «Sistema Registral». En caso de que no se encuentre, el servicio debe ser dado de alta mediante el «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal».
  • Hacer clic en las opciones «Registro Tributario» y «Monotributo».
  • Toldar «Recategorización», seleccionar el CUIT y presionar «Generar Declaración Jurada».
  • Completar los datos correspondientes.
  • Pulsar en «Enviar formulario» y «Confirmar».
  • Se generarán los siguientes formularios:
    • Formulario 184: Constancia de recategorización.
    • Formulario 152: Credencial de pago.

Es muy importante tener en cuenta que este mes ya se debe pagar el monto correspondiente a la nueva categoría. Si bien el importe correcto ya se aplica a los pagos por débito automático y por Internet, si se cancela esta obligación personalmente seguramente no se aplicará el nuevo importe por lo cual se tiene que usar el Formulario 155 con los siguientes conceptos:

  • Diferencia del Impuesto Integrado: 20-019-078
  • Diferencia de las Cotizaciones Previsionales: 21-019-078

Un dato a tener en cuenta es que los vencimientos para el resto de las recategorizaciones cuatrimestrales del Monotributo 2017 serán el lunes 22 de mayo y el miércoles 20 de septiembre.

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