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¿Sigue vigente la devolución del IVA a jubilados y Asignación Universal por Hijo?

Este año, el Gobierno de Mauricio Macri ha decidido no prorrogar el reintegro del 5% del Impuesto al Valor Agregado para las compras menores a 1000 pesos que sean pagadas con tarjetas de débito. Sin embrago sigue vigente la devolución del 15% del IVA a jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo para la Protección Social (AxE). El 31 de diciembre de 2016 venció la devolución del 5% del IVA a los clientes que pagan sus compras menores a $1000 con tarjetas de débito. Este beneficio entró en vigencia en 2001 pero el Estado Nacional ha decidido no prorrogarlo dado que no cumple con su objetivo de difundir la utilización de dicho medio electrónico […]

Este año, el Gobierno de Mauricio Macri ha decidido no prorrogar el reintegro del 5% del Impuesto al Valor Agregado para las compras menores a 1000 pesos que sean pagadas con tarjetas de débito. Sin embrago sigue vigente la devolución del 15% del IVA a jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo para la Protección Social (AxE).

El 31 de diciembre de 2016 venció la devolución del 5% del IVA a los clientes que pagan sus compras menores a $1000 con tarjetas de débito. Este beneficio entró en vigencia en 2001 pero el Estado Nacional ha decidido no prorrogarlo dado que no cumple con su objetivo de difundir la utilización de dicho medio electrónico de pago.

A pesar de ello, aún sigue vigente el reintegro del 15% del IVA para jubilados y pensionados que perciben la jubilación mínima; y titulares de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo. Para acceder al beneficio que cuenta con un tope mensual de $300, la persona debe efectuar compras en un comercio minorista con la tarjeta de débito asociada a la cuenta bancaria en la que se perciben los haberes.

Quedan excluidas del beneficio aquellos que perciben más de una prestación, sin tener en cuenta a la AUH y AxE, las pensiones por fallecimiento con el haber mínimo, las personas que deben tributar el Impuesto a las Ganancias por propiedades que no sean la vivienda única familiar y los adultos mayores cuyas familias cuenten con ingresos mensuales de 2,5 veces la jubilación mínima.

Las personas interesadas en verificar si se es o no beneficiario de este régimen deben hacer clic ACÁ e indicar su número de Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

1 comentario en “¿Sigue vigente la devolución del IVA a jubilados y Asignación Universal por Hijo?”

  1. con el nuevo sistema de Préstamo Argenta hay un problema que alcanza a varios jubilados, se trata del CBU, según Anses el banco donde se cobra la jubilacion debe informar a Anses el número de CBU el banco no tiene idea, te da el cbu certificado pero Anses no lo acepta, para cobrar otras cosas si lo acepta y así nos tienen de un lado a otro terrible falta de respeto

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