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Interpretación del Acuerdo Salarial de Empleados de Comercio

Hoy se publico en el boletín oficial el acuerdo salarial otorgado a los empleados de  comercio en el mes de Abril de 2008, publicamos una planilla Excel donde si cargas tu básico vas a poder ver tu aumento de sueldo en forma mas clara. En el ejemplo nuestro esta cargado el básico Administrativo inicial categoría A, el básico de marzo mas el 23% «no remunerativo» acuerdo junio 2007,   recordar que en el mes de junio de 2008 la antigüedad va en rubro separado calculando el 0.50 % por año de antigüedad sobre el básico. Planilla Excel Interpretación Acuerdo Empleados de Comercios

Hoy se publico en el boletín oficial el acuerdo salarial otorgado a los empleados de  comercio en el mes de Abril de 2008, publicamos una planilla Excel donde si cargas tu básico vas a poder ver tu aumento de sueldo en forma mas clara.

En el ejemplo nuestro esta cargado el básico Administrativo inicial categoría A, el básico de marzo mas el 23% «no remunerativo» acuerdo junio 2007,   recordar que en el mes de junio de 2008 la antigüedad va en rubro separado calculando el 0.50 % por año de antigüedad sobre el básico.

Planilla Excel Interpretación Acuerdo Empleados de Comercios

28 comentarios en “Interpretación del Acuerdo Salarial de Empleados de Comercio”

  1. buenas tardes
    me podrian orientar con respecto a un iotem que figura en mi recibo de sueldo
    Resolucion DNAP N° 3/76 (Comercio Norte).
    estoy desempeñamndo tareas en el sector facturacion, con el manejo de un sistema enlatado de la empresa y utilizando tambien parte de mis conocimientos en liquidaciones, la categoria que me figura en el recibo es Ejecutiva de servicios, cual es la que corresponde a estas tareas.

  2. Hola Soledad:

    Muchas gracias, lo estoy por publicar, igual recorda que es a partir de junio/2008. Recien lei tu otra pregunta corresponde en el mes de junio que aparte lleva el 25 por ciento, no remunerativo. Si a partir de julio es el 14 por ciento.

    gracias

  3. Disculpe de nuevo, usted escribió en éste mismo sector que lo iba a publicar al recibo que le estoy solicitando, no está, verdad? Lo de la antiguedad se liquida en el mes de Mayo y se cobra en Junio o se liquida con los haberes de Junio para cobrar en Julio? Gracias nuevamente!!!

  4. Graciela: Antes que nada la felicito por la página y le doy gracias por su servicio, verdaderamente es muy útil.

    Leí el artículo «Interpretación del Acuerdo Salarial de Empleados de Comercio», la duda que me surgió es respecto al pago de la antiguedad. Podría subir (si no es molestia) o cambiar el recibo que está publicado en la sección para liquidar nuestro propio sueldo, incluyendo lo de la antiguedad?

    Se lo agradezco. Saludos!!!

  5. Comentario para Pablo

    Pablo:

    Leí tu comentario y si no es molestia me gustaría prestar mi humilde ayuda.
    Si consultás ésta página http://www.arizmendi.com/acuerdo.asp podrás obtener la resolución en donde constan los aumentos que nos son otorgados a los empleados de comercio. Igualmente podés consultar también la página de Federación de Empleados de Comercio. Colocá en algún buscador el nombre de la federación y obtendrás su página web. Ahí también obtener la resolución.

    Saludos.

    Noelia.

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