
ANSES ha decidido que las entidades habilitadas (mutuales y bancos) para dar préstamos a jubilados y pensionados tendrán que respetar un costo máximo equivalente a la tasa de interés anual por créditos personales a tasa fija en pesos a 180 días, más siete puntos porcentuales.
Debido a los datos que actualmente arroja el Banco Central, dicha tasa límite sería del 41%, promedio que se irá revisando trimestralmente para quedar constantemente actualizado.
Cabe destacar que dicho promedio es muy diferente al que actualmente manejan dichos préstamos, los cuales poseen una tasa del 90% y habiendo llegado algunos casos al 140% anual.
Este nuevo tope no afectará a los préstamos a jubilados y pensionados que ya han sido otorgados y que actualmente se encuentran en curso de pago. Sin embargo, los nuevos tendrán un plazo de adecuación de 60 días.
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