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Pólizas de Seguros contra Inquilinos

Una compañía aseguradora ofrece una cobertura especial, que hace muy poco diseño y lanzó al mercado. Se trata de una póliza de seguros contra inquilinos, para proteger a los propietarios que alquilan viviendas particulares. Se trata de una ampliación que se agrega a un seguro combinado familiar, más específicamente, en coberturas de Responsabilidad Civil, debido a que los inquilinos no son considerados como terceros cuando existe un contrato de alquiler. Generalmente existen disputas entre inquilinos y propietarios por el precio de los alquileres, renovación de los contratos, estado en que quedan los inmuebles y demás inconvenientes que surgen en los contratos de alquileres. Una compañía aseguradora local lanzó una póliza con la intensión de proteger a los propietarios de viviendas […]

Una compañía aseguradora ofrece una cobertura especial, que hace muy poco diseño y lanzó al mercado. Se trata de una póliza de seguros contra inquilinos, para proteger a los propietarios que alquilan viviendas particulares. Se trata de una ampliación que se agrega a un seguro combinado familiar, más específicamente, en coberturas de Responsabilidad Civil, debido a que los inquilinos no son considerados como terceros cuando existe un contrato de alquiler.

Generalmente existen disputas entre inquilinos y propietarios por el precio de los alquileres, renovación de los contratos, estado en que quedan los inmuebles y demás inconvenientes que surgen en los contratos de alquileres. Una compañía aseguradora local lanzó una póliza con la intensión de proteger a los propietarios de viviendas particulares en los contratos de alquiler.

De acuerdo a lo publicado por el Diario El Cronista, la compañía que lanzó el producto consta de una ampliación en la cobertura de Responsabilidad Civil, considerando al locatario como terceros exclusivamente por lesiones físicas/muerte; daños por agua que sufren los bienes muebles de propiedad del locatario, entre otros conflictos.

Explicando desde la firma que:  “la cobertura queda restringida exclusivamente a eventos cubiertos ocurridos en la ubicación del riesgo asegurado y por los cuales fuera responsable el asegurado en su calidad de propietario del inmueble”.

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