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Reducción de Anticipos de Ganancias y Bienes Personales

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.510/08, publicada en el Boletín Oficial el día 31/10/2008,  modifica el régimen de reducción de anticipos, para su utilización se debe ingresar a la pagina de la AFIP,www.afip.gov.ar con clave fiscal utilizar el servicio  «Sistema de Cuentas Tributarias» Los pasos a seguir para ejercer la opción son los siguientes: Ingresar a la pagina de la AFIP www.afip.gov.ar Cargar el CUIT y la clave fiscal Seleccionar el servicio  «Sistema de Cuentas Tributarias» Seleccionar la opción «Transacciones», ítem «Reducción de Anticipos», indicando el impuesto, el período fiscal y la base de cálculo proyectada. Efectuar, en su caso, el pago del importe del anticipo que resulte de la estimación practicada. Personas […]

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.510/08, publicada en el Boletín Oficial el día 31/10/2008,  modifica el régimen de reducción de anticipos, para su utilización se debe ingresar a la pagina de la AFIP,www.afip.gov.ar con clave fiscal utilizar el servicio  «Sistema de Cuentas Tributarias»

Los pasos a seguir para ejercer la opción son los siguientes:

  • Ingresar a la pagina de la AFIP www.afip.gov.ar

  • Cargar el CUIT y la clave fiscal

  • Seleccionar el servicio  «Sistema de Cuentas Tributarias»

  • Seleccionar la opción «Transacciones», ítem «Reducción de Anticipos», indicando el impuesto, el período fiscal y la base de cálculo proyectada.

  • Efectuar, en su caso, el pago del importe del anticipo que resulte de la estimación practicada.

Personas Jurídicas:

Adicionalmente a los pasos descriptos, los sujetos indicados en el inciso b) del Artículo 16 de la RG 327/99, deberán presentar una nota en la Dependencia en la que se encuentren inscriptos, de acuerdo al procedimiento descrito en la RG 327/99.

IMPORTANTE:

Esta nueva transacción, también deberá ser utilizada para solicitar la reducción de anticipos teniendo en cuenta la incidencia de las modificaciones dispuestas por el Decreto N° 1.426/08, referido al incremento de los montos de deducciones.

  1. Seleccionar el impuesto 11 «Ganancias Personas Físicas»

  2. Ingresar como período fiscal «20080000»

  3. Tildar el campo: «Decreto N° 1.426/08»

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