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Los residentes en el exterior no podrán votar por correo en las elecciones 2019

Por decisión de la Jueza María Servini, los argentinos radicados en el exterior no podrán votar por correo en las elecciones presidenciales de 2019.

La jueza María Servini le puso freno a la iniciativa impulsada por el Gobierno Nacional de voto por correo para los argentinos residentes en el exterior, declarando esta nueva modalidad como “Inconstitucional”. De haber prosperado, los cerca de 360.000 emigrantes empadronaron, hubieran podido enviar por correspondencia su voto a las respectivas embajadas, pero ahora deberán acercarse a estas o a los consulados para emitir sufragio. De todas maneras, el Estado planea apelar la decisión del magistrado.

La Secretaría de Asuntos Políticos, dirigida por Adrián Pérez, sostiene que la ley dice que es el ejecutivo el que tiene la facultad de regular como votan los argentinos en el exterior.

La jueza federa con competencia electoral, María Servini de Cubría, anuló la votación por correo de los argentinos radicados en el exterior y que figuran en el padrón electoral correspondiente, señalando que el voto no se puede regular por decreto.

Recordemos que la iniciativa del gobierno se había implementado a través del Decreto 45 de enero de 2018, siendo fuertemente rechazada por la mayoría de los partidos opositores a Cambiemos.

Desde el oficialismo aseguran que de esta manera se baja el costo de las elecciones, al no tener que recibir en las embajadas y consulados a los argentinos empadronados.

El fallo de la jueza Servini fue a favor de la demanda judicial presentada por el Partido Justicialista. Al respecto, el apoderado del PJ había señalado en C5N “Menos mal que falló la Justicia Electoral ¡Era un disparate! Cualquiera que va a votar tiene que hacer la cola, mostrar el DNI a los fiscales y autoridades de mesa. En cambio hay más de 360.000 argentinos que estaban autorizados a votar por correo desde el exterior”.

De acuerdo al decreto 45 que autorizaba a los argentinos a participar del comicio del 27 de octubre de 2019 por carta, debían inscribirse en un registro específico hasta el 29 de julio. Luego la justicia enviaría un sobre al domicilio indicado con una boleta única para emitir el voto. El mismo debía devolverse de manera gratuita vía postal, y sin identificación. También se podían depositar en las urnas de las sedes consulares.

Desde la oposición señalaron que los sobres no serían fiscalizados y existía la posibilidad de que fueran manipulados, contabilizándose directamente en el escrutinio definitivo.

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