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Inmobiliarias deben Controlar el Lavado de Dinero

La Unidad de Información Financiera, UIF, mediante la Resolución Nº 16/2012 publicada en  el Boletín Oficial, el 27 de enero de 2012, obliga a las inmobiliarias a partir de ahora, a pedirles a sus clientes las Declaraciones Juradas, DDJJ,  de ingresos cuando realicen operaciones de compra o venta de inmuebles por un valor superior a los $600.000, alrededor de 137.000 dólares, o bien por sospechas de encubrir lavado de activos o financiamiento al terrorismo. Están obligadas las inmobiliarias a controlar lavado de dinero en algunas operaciones, debiendo pedir  las DDJJ a las personas que realicen compras superiores a los $600.000.- Según indica e Diario El Cronista, la normativa incluye a agentes y corredores inmobiliarios y a las sociedades que tengan […]

La Unidad de Información Financiera, UIF, mediante la Resolución Nº 16/2012 publicada en  el Boletín Oficial, el 27 de enero de 2012, obliga a las inmobiliarias a partir de ahora, a pedirles a sus clientes las Declaraciones Juradas, DDJJ,  de ingresos cuando realicen operaciones de compra o venta de inmuebles por un valor superior a los $600.000, alrededor de 137.000 dólares, o bien por sospechas de encubrir lavado de activos o financiamiento al terrorismo.

Están obligadas las inmobiliarias a controlar lavado de dinero en algunas operaciones, debiendo pedir  las DDJJ a las personas que realicen compras superiores a los $600.000.-

Según indica e Diario El Cronista, la normativa incluye a agentes y corredores inmobiliarios y a las sociedades que tengan por objeto la compraventa de inmuebles entre los sujetos obligados a informar a la UIF por operaciones sospechadas de encubrir lavado de activos o financiamiento al terrorismo.

Desde ahora, las inmobiliarias deberán llevar un perfil de cada cliente que realice operaciones anuales de $ 600.000 o más. En estos casos, los sujetos obligados deberán requerir documentación «relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria» del cliente, según el artículo Nº 19 de la mencionada resolución.

Además, los agentes inmobiliarios también deberán efectuar Reportes de Operaciones Sospechosas, ROS,  en los casos en los exista algún indicio de encubrimiento de lavado de activos.

Esta nueva resolución es una más de las decenas de normas elaboradas por la UIF, al mando de José Sbattella, desde comienzos de 2011, para cumplir con las directivas del Grupo de Acción Financiera Internacional, GAFI.

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