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Cálculo del Impuesto a las Ganancias de 4ta. Categoría

Para el cálculo de la retención mensual de los anticipos del impuesto a las Ganancias de la 4ta. categoría, para los trabajadores en relación de dependencia, se parte de la GANANCIA BRUTA, es la remuneración total (remunerativas y no remunerativas) a los efectos previsionales, no integra dicha remuneración las asignaciones familiares, viáticos, movilidad, los pasos a seguir son: Ganancia Bruta Menos    Obra social Seguros de Vida (hasta $ 83.01 por mes) Cuota médico asistencial (de lo abonado en el año, se deduce hasta un 5% de ganancia neta del ejercicio) Gastos de Hospitalización – Honorarios médicos (siempre y cuando no los cubra la Obra social, y del total se podrá deducir un 40%, hasta el limite del 5% de […]

Para el cálculo de la retención mensual de los anticipos del impuesto a las Ganancias de la 4ta. categoría, para los trabajadores en relación de dependencia, se parte de la GANANCIA BRUTA, es la remuneración total (remunerativas y no remunerativas) a los efectos previsionales, no integra dicha remuneración las asignaciones familiares, viáticos, movilidad, los pasos a seguir son:

Ganancia Bruta

Menos

   Obra social

Seguros de Vida (hasta $ 83.01 por mes)

Cuota médico asistencial (de lo abonado en el año, se deduce hasta un 5% de ganancia neta del ejercicio)

Gastos de Hospitalización – Honorarios médicos (siempre y cuando no los cubra la Obra social, y del total se podrá deducir un 40%, hasta el limite del 5% de la ganancia neta anual

Seguro de Retiros privados (deduce hasta $ 1.261.16 anuales)

Intereses prestamos hipotecarios (hasta $ 20.000.- anuales)

Impuestos sobre debitos y créditos en cuentas corrientes bancarias.

Servicio Domestico (del importe anual de remuneración y aportes pagados al empleado y declarado a través del Formulario 572, se deducirá $ 7.500.- anuales

Se obtiene así la GANANCIA NETA

     Menos

MÍNIMO NO IMPONIBLE  $625.00 por mes

DEDUCCIÓN ESPECIAL    $ 2375.00  POR MES

CARGAS DE FAMILIA 8En función de las que hubiere declarado en el Formulario 572, se deduce hasta el % indicados en l tabla de deducciones personales, según fuera la GANANCIA NETA acumulado al mes que se esta calculado la retención. Los importes son:     Cónyuge      $ 500.-     Hijos    $  250.-    Otras cargas  $250.-  por mes.

Se obtiene la GANANCIA NETA sujeta a impuesto

Cuando tenemos la Ganancia Neta sujeta a impuesto, ésta se ubica en la tabla de cálculo del impuesto:

GANANCIA NETA             DISMINUCION
Más de   $                    Hasta $                               %

$ –                              $ 48.000,00                         $ –
$ 48.000,00             $ 65.000,00                           10%
$ 65.000,00             $ 91.000,00                           30%
$ 91.000,00             $ 130.000,00                         50%
$ 130.000,00          $ 195.000,00                          70%
$ 195.000,00           $ 221.000,00                         90%
$ 221.000,00           en adelante                             100%

así se determina el impuesto acumulado al mes que se esta calculando la retención y de este se extraen los anticipos pagados hasta el mes anterior, OBTENIENDO ASÍ LA RETENCIÓN A PRACTICAR EN EL MES.

21 comentarios en “Cálculo del Impuesto a las Ganancias de 4ta. Categoría”

  1. Buenos días,
    A fin de que el impacto sobre el sueldo sea menor, en algunos casos se prorratea el aguinaldo en forma mensual si bien el pago se realiza en cada semestre. Esto es posible ? y si es así, se pueden también prorratear el pago de las vacaciones a lo largo de todo el año ?

    Amelie

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