ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF
Recordamos que a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF.
- Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente.
La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina s de ANSeS y hasta el día 30 de junio de 2008 las siguiente documentación:
a) Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) detallando la nómina de los trabajadores (Apellido y Nombre y Nº de CUIL) que han optado por percibir la Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria (CBU), adjuntado por cada uno de ellos la constancia emitida por el banco o copia del extracto bancario donde conste CUIL o DNI, apellido y nombre y Nº de CBU correspondiente o en su defecto, la boca de pago (ver listado disponible en la página de ANSeS www.anses.gov.ar HYPERLINK) o la provincia y Código Postal del lugar elegido para el cobro por cada trabajador.
b) Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) en la que in formen los datos que enumeramos a continuación, en caso del personal comprendido dentro de la Resolución 344/05 (trabajadoras que se encuentren o inicien licencia por maternidad) en el mes del ingreso formal al SUAF, se le debe seguir pagando por medio del sistema compensador hasta la finalización de la licencia.
- CUIT de la Empresa
- Razón Social
- Nº de CUIL, Apellido y Nombre de la trabajadora
- Tipo de Licencia (maternidad o maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa al SUAF
- Periodo y montos ya abonados
- Periodos o montos a abonar (desde el mes de la incorporación en adelante)
c) IMPORTANTE recordar que las empresas no serán notificadas de su incorporación al SUAF al producirse la incorporación masiva, así fue establecido por la Resolución Nº 670/07 de ANSeS.
d) Es condición NECESARIA para que los trabajadores puedan percibir las ASIGNACIONES FAMILIARES a través del sistema SUAF que:
- Los empleadores presenten en tiempo y forma las Declaraciones Juradas de Seguridad Social Formulario 931 a la AFIP.
- Que declaren a sus trabajadores y sus cargas de familia a través del sistema de la AFIP, opción MI SIMPLIFICACIÓN.
Si bien se había hablado de una posible prorroga en el procedimiento hasta el momento no existe.
- Aquellas empresas incorporadas al SUAFF
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643 respuestas to “ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF”
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[643] Comentarios
10 julio 2008 a las 10:53 am
hola , soy la mujer de rodrigo estaba llamando al 0-800 pero no me puedo comunicar , si me estaban pagando el sueldo y las asignaciones familiares normalmente hasta que mi jefa se paso el mes pasado al suaf, me hicieron firmar un formulario el mes pasado y mi licencia termina el 31 de julio , tengo que volver a trabajar cuando mi bb tenga 45 dias,lei en la pagina que este mes me tienen que pagar como el sistema conpensatorio como de costumbre , entendi bien?gracias
10 julio 2008 a las 10:52 am
HOLA GRACIELA, DE NUEVO ESTA CONSULTA.ME PAGARON UNA GRATIFICACION (ESTA LA PAGA LA EMPRESA TODOS LOS AÑOS) , POR LO QUE TENGO ENTENDIDO ES EXTRAORDINARIA Y NO LLEVA RETENCIONES. EN EL RECIBO APARECEN LAS RETENCIONES COMO SI FUERA UN SUELDO NORMAL Y HABITUAL. SI ES ASI , EN EL SAC. NUNCA ME LO TOMARON COMO BASE DE CALCULO PARA EL MEJOR SUELDO. NO SE SI ME LO ESTAN HACIENDO BIEN.
GRACIAS.
10 julio 2008 a las 10:26 am
Hola Rodrigo:
Tu hijo nacio, sin que tu señora goce la licencia pre-parto? No cobro nunca asiganción por maternidad?
9 julio 2008 a las 9:33 pm
Hola buenas noches, les hago una consulta, nacio mi hijo el 15 de junio, hoy mi mujer llamo a su jefa para saber por que no le habian depositado el suldo, y la señora le dijo que ella no le tiene que pagar el sueldo. Es verdad eso? Quien le tiene que pagar el sueldo? Esta bien que no le avise con tiempo? Estamos a 10 y si no la llamaba no nos enterabamos. Que tengo que hacer?
Gracias!!!
9 julio 2008 a las 8:38 pm
http://www.floyd.tk/
7 julio 2008 a las 4:13 pm
Hola Guillermo:
Tenes que realizar el tramite en las oficinas de ANSES, llevando una nota donde figure tu nombre apellido, cuil, numero de cuenta y CBU del Banco
gracias
7 julio 2008 a las 12:49 pm
Buen día,
Yo cobraba mi sueldo en un banco y luego cambié de banco. Pero las asignaciones fliares me quedaron en el primero.
Cómo tengo que hacer para que me depositen en el nuevo banco las asign fliares?
Se puede hacer por internet?
Gracias
25 junio 2008 a las 3:04 pm
Hola, ya hice todos los tramites para cobrar mi licencia por maternidad, me faltan 3 meses antes de empezarla. Yo cobro las asignaciones los dias 24, queria saber si mi primer sueldo pago por anses seria a fin de mes en lugar de al principio de mes, como cobro usualmente?Para preveer que voy a estar un mes entero pracicamente sin cobrar!. Muchas Gracias. Espero que puedan contestarme.
19 junio 2008 a las 7:57 pm
Hola Cristian:
Te tiene que pagar ANSeS, tenes que ir a ANSeS vos o alguna persona apoderada, hoy o mañana voy a publicar los formularios que tenes que presentar, acompañalo con los certificados de nacimiento, casamiento, certificado escolar, DNI, recibos de sueldos, lleva todo original y fotocopia, pero fijate de acuerdo a lo que te corresponde es el formulario que tenes que llevar original y fotocopia, si mandas a otra persona tambien completa la parte donde dice REPRESENTANTE, lleva todo, asi no tenes que volver, cuando ingresaste el empleador te tenia que haber avisado y entregado un formulario donde dicen los requisitos y papeles a presentar en ANSes, si queres leerlo bajalo por internet de la pagina de ANSeS http://www.anses.gov.ar seccion “Formularios “Asignaciones Familiares formulario PS.2.61 “Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones y leelo.
Mañana lee en articulo que voy a publicar de las Obligaciones del trabajador asi llevas todo completo, ok
gracias
19 junio 2008 a las 7:44 pm
hola,quisiera saber si puedo cobrar salario familiar,estoy trabajando hace dos meses en la razon social CLAUDIA MARSELA KSEPKO,NºDE CUIT 23-17785739-4 y no se si esta incorporada al suaf para poder cobrar por el banco o me lo tienen que pagar ella por recivo,desde ya muchas gracias
19 junio 2008 a las 2:21 pm
Hola Ines:
Anses toma el promedio de los últimos tres meses, pero en tu caso esta mal calculado tendrias que acercarte hasta las oficinas de ANSeS y plantear que no podes cobrar menos que si estuvieras trabajando leva los recibos para demostrar esa suma que ellos toman como VARIABLE debe ser tomada como FIJA.
suerte gracias
19 junio 2008 a las 12:42 pm
Hola! estoy de licencia por maternidad y lo que quiero saber es como hace el calculo anses para pagar la licencia ya que me estan liquidando, a mi entender, menos de lo que me corresponde.
Ellos tomaron el promedio de los 3 meses anteriores a la lic. el tema es que Febrero es uno de los meses en cuestion y como en ese mes me tome una semana de vacaciones, me estan descontando el IMPORTE ADELANTO DE VACACIONES.
El tema es que Anses esta considerando como Adelanto de Vacaciones el importe que mi empleador declaró comO PAGO DE VACACIONES.
Entiedo que El pago de vacaciones es remunerativo y por ende Anses deberia tomarlo, no?
3 junio 2008 a las 2:28 pm
Hola Silvina:
Te recomiendo que vaya a la Oficina de Anses, con DNI y recibos de sueldos(lleva el ultimo año) y averigua ahí, insisti, pedi hablar con el jefe, para ver si esta todo completo o falta algún papel.
feliz embarazo y suerte
gracias
2 junio 2008 a las 5:46 pm
hola yo estoy de licencia por maternidad desde el 25 de abril, y en mi trabajo me dijieron que mi sueldo me lo paga el anses, yo queria saber en que dia me lo va a pagar, si es verdad que tienen un atraso de dos meses, gracias
25 mayo 2008 a las 11:32 am
Hola Carolina:
Tu situación es un poco delicada, ya que si aplican el articulo 212 podria considerase como despido por el embarazo, a mi criterio esta bien aplicado el articulo 208 con el pago de media jornada laboral, no hay acuerdo de reducción ya que no es por acuerdo sino por prescripción medica.
Y las asignación por maternidad se te va a pagar con la media jornada.
Esto es a mi entender pero me parece que en tu caso podrias consultar a un profesional (abogado laboral) seguro que por la consulta no te cobran, si perteneces algun sindicato, alli vas a encontrar abogados, podrias consultar alli.
Si queres luego de la consulta contame que te dijeron ya que eso me sirve para saber.
Que tengas suerte en el embarazo muchas gracias
25 mayo 2008 a las 11:21 am
Hola Natalia:
Cual es el motivo de que no la cobres?
cual el motivo de porque tus compañeros no la cobraron aún?
gracias
24 mayo 2008 a las 2:23 pm
Hola Graciela
Estoy embarazada. Tengo 2 años de antiguedad.Los tres primeros meses de embarazo estuve en reposo absoluto. Cobre remuneracion. Luego de esos tres meses, pude reintegrarme al trabajo pero por preescripcion medica, solo media jornada. Y la empresa paso a abonarme la mitad de la remuneracion (mi licencia paga ya estaba agotada. art 208). Me solicito que presente un certificado por mes del medico, donde se recomendara la jornada reducida. No homologamos acuerdo de reduccion.
Mi consulta es cuanto es la remuneracion bruta que la ANSES considera para determinar la asignacion por maternidad?
La que corresponde a la media jornada (situacion circunstancial por orden del medico) o la correspondiente a mi contrato original de 8 horas (el que nunca se modifico)?
Y a su vez, si estuvo bien rebajarme el sueldo o hubiera correspondido aplicar art 212 LCT, tomando a la reducción de la jornada como una incapacidad?
Gracias!!!
24 mayo 2008 a las 11:30 am
hola quiero saber si este mes boy a cobrar la asignacion familiar es que hay compañeros de la empresa que no lo han cobrado ahun nesesito una respuesta pronto porfavor.
23 mayo 2008 a las 9:10 pm
Hola patricia:
Lo que te entiendo es que cobrabas asig. familiar y que tuviste un aumento y ya no lo cobras? eso es lo que me decis? cual es tu bruto?
gracias
23 mayo 2008 a las 5:16 pm
hola soy sorda hace 2 meses ya aumentaba salario asignacion familiar y hace 1 mes (mayo) me sacaron asignaciom que paso ?
para que aumento ya aprobado y ahora en junio aumento sin sacar salario asignacion familiar me entendes ok muchas gracias