Jubilados tristes de la Anses

Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro «La Estrella»

Los empleados de comercio deben pagar el seguro de retiro La Estrella.

A raíz de las consultas efectuadas por nuestro visitantes informamos la obligación del deposito del pago de un  Seguro de Retiro para todos los trabajadores incluidos en el Convenio de Trabajo 130/75 Empleados de Comercio, ya que este es un beneficio para los trabajadores y en el momento de retirarse del establecimiento es obligación del empleador entregar dicho aportes que servirán como una jubilación privada aparte. En el momento de su desvinculación de la empresa los trabajadores pueden optar por dejar este ahorro en la compañía hasta el momento de jubilarse o bien retirarlo y le será descontada una comisión.

Existen varias jurisprudencia en relación a los años de prescripción aplicable a la obligación patronal de aportar este sistema de Retiro Complementario previsto en el convenio de Trabajo Nº 130/75, el plazo de prescripción es d e10 años. Adjuntamos archivo Word con el Fallo Plenario 319 según Acta Nº 2.527 de fecha 17 de julio de 2008

Bajar Fallo Plenario 319

fallo-seguro-de-retiro-plenario-319-acta-2527.doc

330 comentarios en “Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro «La Estrella»”

  1. Hola Graciela, antes que nada muy buenas tus respuestas. Mi consulta es si el empleador tiene que ingresar a La Estrella 3,5% sobre el sueldo bruto + antiguedad de c/ uno de sus empleados solamente o además tiene que tener en cuenta los «acuerdos colectivos»? Gracias y saludos.

  2. Hola Eliana:

    Es obligatorio en todo el pais en alguna provincia pueden contratar otro seguro de retiro pero es obligatorio de que provincia sos? Para estar mas segura pregunta en el sindicato de empleados de comercio luego si queres nos contas

    gracias

  3. hola, con respecto al seguro de retila «La Estrella», el contador de mi trabajo dice que no es obligatorio, por ende no lo está pagando.
    Es así? o por como estuve lellendo los comentarios es obligatorio en todo el territorio del país.
    Muchas Gracias

  4. Hola Graciela.. buenos dias! te quería consultar si el decreto 2005/2004 hasta cuando tuvo vigencia o si aun la tiene.
    Además me gustaria saber si hay alguna novedad sobre el ADICIONAL de ZONA para la provincia de Rio Negro. Muchas gracias!!

  5. Hola Gabriela.

    Te paso la liquidación:

    http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR

    LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar

    HABERES IMPORTE
    SUELDO BASICO Vendedora B $ 1.380,01
    ANTIGÜEDAD 5 $ 34,50
    PRESENTISMO $ 117,88
    SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 100,00
    Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 282,90
    PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 31,91

    TOTALES $ 1.947,20

    DEDUCCIONES % IMPORTE
    JUBILACION 11 $ 168,56
    LEY 19032 3 $ 45,97
    OBRA SOCIAL OSECAC 3 $ 58,42
    F.E.C. 2 $ 38,94
    FAECYS 0,50 $ 9,74

    DEDUCIONES $ 321,63
    IMPORTE $ 1.625,57

    gracias

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