Trabajador de UOM

UOM acordó 18% de aumento para metalúrgicos

La UOM acordó un 18% de aumento en los sueldos de trabajadores metalúrgicos aplicable en dos cuotas (10% en abril y 8% en mayo).

El día de la fecha, la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) llegó a un acuerdo con las cámaras del sector. En el mismo, el sindicato y los empresarios fijaron un 18% de aumento en los sueldos de los trabajadores metalúrgicos. Dicha actualización será aplicable en dos cuotas. Además se pautó un nuevo encuentro para el mes de junio.

UOM logró que el acuerdo salarial 2023 sea actualizado regularmente para evitar una pérdida del poder adquisitivo de los empleados.

El acuerdo fue sellado por los titulares del gremio; Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (Adimra); Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines (Caima); Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la República Argentina (Fedehogar); Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (Camima); Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (Afac); y Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (Afarte).

Las partes establecieron un 18%, dos puntos abajo del 20% reclamado por el sindicato originalmente. Esta actualización se aplicará en un 10% desde abril y 8% a partir de mayo. Dichos porcentajes son acumulativos.

Se acordó un la reapertura de las negociaciones paritarias para el mes de junio.

En diciembre pasado se aplicó un 45% de aumento aplicable en cuatro tramos. Esto permitirá que el aumento sea del 111% de abril de 2022 a marzo de 2023.

Reintegro por gastos de guardería

UOM y Adimra recientemente acordaron aplicar un reintegro de los gastos por guardería y salas maternales. Dicho beneficio está contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y fue reglamentado con el Decreto 144/22.

Su aplicación es para empresas con más de cien dependientes. Es para los trabajadores metalúrgicos que tienen hijos de 45 días a 3 años de edad.

Esta devolución también es aplicada para aquellas personas que contratan a una niñera.

Cabe señalar que el reintegro no podrá ser menor al 40% del salario de la cuarta categoría del servicio doméstico.

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