Conduciendo un auto en la ruta

Documentación requerida a autos para viajar por el Mercosur

La AFIP estableció la documentación requerida a autos para viajar por el Mercosur cuando el dominio es diferente al país.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció la documentación requerida para viajar por el Mercosur. Es decir, la que tiene que contar el conductor cuando visita un territorio distinto al de la patente del vehículo. La medida también se aplica a los autos de alquiler.

AFIP estableció la documentación requerida fue establecida en la Resolución General 5366/2023.

De esta forma se formalizó una medida del Grupo Mercado Común. Por esta razón, los autos de personas físicas residentes o de personas jurídicas con sede social en un Estado Parte podrán circular libremente durante viajes de turismo.

La documentación a presentar puede ser en formato digital o físico a medida que sea acordado bilateralmente o multilateralmente por los Estados.

Además se dispuso que la circulación de los vehículos comunitarios de uno a otro Estado no estará sujeta a formalidades aduaneras. Sin embargo, esto no afecta a los controles selectivos que pudieran ejercer las autoridades.

Documentación requerida para circular por el Mercosur

  • Documento válido para circular en el Mercosur.
  • Licencia de conducir.
  • Documento que lo califica como turista emitido por la autoridad migratoria.
  • Autorización para conducir el vehículo.
  • Título u otro documento oficial que acredite la propiedad del vehículo.
  • Comprobante de la cobertura del seguro vigente.

Accidentes, robos o casos de fuerza mayor

Asimos, el organismo recaudador también hizo referencia a qué ocurrirá en caso de accidentes, robos o de fuerza mayor. El responsable tendrá que informar el hecho a la autoridad aduanera de la jurisdicción en la cual hubiera ocurrido.

También deberá presentar la documentación probatoria correspondiente para que actúe la Aduana.

Exclusión de la nueva normativa

Quedan excluís de la nueva normativa los conductores no acrediten su condición de turista; los autos registrados o matriculados en un tercer país, a pesar de que sea conducido por un turista comunitario; los autos usados para prestar el servicio de traslado de personas o de carácter comercial a excepción de los vehículos en alquiler; y los turistas que no son residentes de alguno de los Estados Parte.

Los autos registrados en Argentina tendrán que tener grabado el número de dominio en algunas zonas. Como mínimo, en el parabrisas delantero, la luneta trasera y en los cristales laterales de mayor tamaño.

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