Empleador usando su teléfono celular

AFIP habilita alta de empleados en su aplicación

La AFIP habilita el alta de empleados en su aplicación usando CUIT y Clave Fiscal. Se pueden hacer altas provisorias y definitivas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó su aplicación Mi AFIP. Al hacerlo, el organismo recaudador activó la nueva opción «Alta Ya». Mediante la misma, los empleadores pueden dar un alta provisoria o definitiva de un empelado sin necesidad de utilizar una computadora.

AFIP oficializó la nueva forma de dar de alta a empleados con la publicación de la Resolución General 5448/2023. Esto permite que los empleadores formalicen las relaciones laborales rápidamente usando su teléfono celular.

Alta definitiva de empleados

Si los empleadores tienen todos los datos necesarios, pueden registrar el alta definitiva del personal a través de la nueva opción «Alta Ya» en la aplicación móvil «Mi AFIP». Dicha gestión requiere que el usuario se identifique con su CUIT y Clave Fiscal.

Previamente a utilizar el servicio es indispensable que se habilite desde el portal del organismo recaudador. Tras hacerlo hecho se activará directamente en la app.

El trámite se hace mediante «Módulo de Alta Definitiva», servicio que debió ser habilitado previamente. Una vez concluido el trámite, la aplicación generará la constancia correspondiente.

Alta provisoria

En caso de que se quiera dar de alta al trabajador inmediatamente pero no se cuenten con todos los datos al inicio de la relación laboral se puede hacer provisoriamente. Para ello se tendrá que elegir el «Módulo Alta Provisoria», la cual no requiere que se tenga clave fiscal.

Se requerirá el CUIT del empleador, CUIL del trabajador, domicilio de explotación de la actividad, actividad y fecha de Inicio de la relación laboral. El registro quedará como pendiente y el contribuyente tendrá 5 días corridos para confirmar los datos y dar el alta definitiva desde el «Módulo de Alta Definitiva». También se podrá completar desde el servicio Simplificación Registral desde la web.

En caso de vencido el plazo de 5 días corridos se dará de baja el alta provisora automáticamente.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *