Mujer con carpeta de EconoBlog

La ONG Denuncia Penalmente a Macri por Aumento en las tarifas de los Subtes

Hoy lunes, Mauricio Macri, Jefe de Gobierno de la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires,  fue denunciado penalmente por presunto «abuso de autoridad» y «violación de los deberes de funcionario público» por el decreto que autorizó el aumento del 127 % de las tarifas de los subterráneos, por la Organización no gubernamental,  «Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional» que preside el abogado José Magioncalda. Es un delito que puede reprimirse con prisión de un mes a los dos (2) años. Según lo que dijeron fuentes judiciales la acción fue presentada por la ONG, «Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional», que además de esta denuncia presentó el primer amparo que tramita ante el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño Fernando […]

Hoy lunes, Mauricio Macri, Jefe de Gobierno de la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires,  fue denunciado penalmente por presunto «abuso de autoridad» y «violación de los deberes de funcionario público» por el decreto que autorizó el aumento del 127 % de las tarifas de los subterráneos, por la Organización no gubernamental,  «Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional» que preside el abogado José Magioncalda. Es un delito que puede reprimirse con prisión de un mes a los dos (2) años.

Según lo que dijeron fuentes judiciales la acción fue presentada por la ONG, «Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional», que además de esta denuncia presentó el primer amparo que tramita ante el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño Fernando Juan Lima.

Después del sorteo de rigor,la acción penal recayó, ante el juez en lo correccional Luis Schlegel, y le imputa a Macri haber «vulnerado» sus deberes constitucionales «de proteger el patrimonio de los usuarios y consumidores», sin la «previa convocatoria a una audiencia pública».

Mangiocalda imputa a Macri el delito previsto en el artículo Nº 248 del Código Penal que:

reprime «con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere».

Télam que tuvo acceso a las tres carillas de la denuncia, que lleva el número Nº 651/2012, «Ciudadanos Libres» hace referencia al dictado del Decreto Nº 27/2012 de fecha 5 de enero de 2012, que fue publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en horas de la tarde del día siguiente.

La ONG afirma que: «Dicho acto administrativo, que dispone el incremento de la tarifa del servicio de subterráneos, violenta normas legales».

Sosteniendo que, con el incremento de la tarifa de subterráneos y Premetro, sin la previa convocatoria a una audiencia pública, Macri:

  • «vulnera» de ese modo sus deberes constitucionales de proteger el patrimonio de los usuarios y consumidores, de permitir la participación de éstos en las decisiones que adopte la Administración».
  • la administración macrista «pretende suplir dicha falencia con la invocación de una audiencia pública realizada hace más de una década, en condiciones económicas y sociales diferentes a las actuales».
  • el decreto 27/12 «constituye el ejercicio de una potestad tarifaria que aún no le asiste al Poder Ejecutivo, en tanto que la misma surge del Acta Acuerdo, suscripta entre la Nación y la Ciudad, el 3 de enero de 2012».
  • «Dicho convenio interjurisdiccional carece de la aprobación legislativa que establece en sus artículos 80, inciso 8 y 104 la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. De este modo, no habiendo aún aprobación legislativa, no hay tampoco potestad tarifaria, constituyendo, también por este motivo, un acto administrativo inconstitucional».
  • «no existe situación apremiante alguna que exima al Poder Ejecutivo local del cumplimiento de las normas vigentes, y que prueba de ello es que el Decreto 27/2012 no ha sido suscripto en los términos del artículo 103 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que regula el dictado de disposiciones de carácter legislativo (decretos de necesidad y urgencia)».

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *