La pensión por Discapacidad o invalidez se deben tramitar en el Ministerio de Desarrollo Social – Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, CNPA, en cada distrito o municipio hay una delegación o en caso contrario la que corresponda al domicilio del solicitante. Para iniciarla se debe concurrir con Documento Nacional de Identidad, DNI, y solicitar los requisitos y formularios a completar, se necesita una discapacidad igual o superior al 76%.
Es necesario contar con todos los certificados médicos de las enfermedades que padece el solicitante y que los mismos sean extendidos por un Hospital Público, e inclusive en la Comisión de Pensiones Asistenciales le entregaran un formulario o Certificado Médico Oficial, para que complete el médico encargado de realizarle la junta médica, generalmente se trata del director o Jefe del hospital zonal.
Documentación a Presentar ante la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales:
- Documento Nacional de Identidad, DNI.
- Fotocopias de las hojas 1,2 y 3 del DNI del solicitante y de su cónyuge o concubino. si se trata de un solicitante menor de edad, se debe adjuntan DNI de los padres, tutores o curadores y fotocopia de partida de nacimiento del menor.
- Fotocopia de la Calve de identificación Laboral, CUIL, del solicitante.
- Certificado Médico el entregado previamente en la CNPA, debidamente cumplimentado y un resumen original de la historia clínica.
- De corresponder Sentencia de Divorcio o declaración sumarial si se encontrare separado de hecho, aclarando si recibe cuota alimentaria.
- Certificado de Defunción del cónyuge o concubino o alguno de los padres en caso de tratarse de solicitante menor.
- Declaración Jurada del solicitante donde consta sus ingresos y/o bienes, esta se la realiza directamente el personal del C.A.P.
- Original y fotocopia de recibos de sueldos, jubilación, y/o pensión, en caso de tenerlas, de familiares convivientes. Si trabajan por cuenta propia, declaración jurada de ingresos, certificada por el personal competente.
- Contrato de locación o recibo de alquiler, si los hubiere.
- En los casos en que la persona solicitante sea discapacitada por enfermedad mental, y el certificado medico así lo exigiere, adjuntar constancia de iniciación de trámite de curatela, en el cual deberá figurar datos del Juzgado interviniente.
Siempre al inicio del trámite el discapacitado deberá concurrir con un familiar directo. Si no cuenta con ninguno, la persona que se presente deberá poseer una autorización escrita del peticionante.
Toda documentación debe ir acompañada por el original, para que el personal el CNPA pueda certificar con sello y firma la autenticidad con la leyenda “Es copia Fiel del Original”.
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Mi hijo de 37 años tiene esquizofrenia, tiene IOMA como obra social y certificado de discapacidad. En su caso se puede gestionar una pension. El no tiene ingresos ni posibilidad de obtenerlos.
sofia
El no tiene pero su grupo familiar??? si llegase a obtener Pensión no contributiva va a tener PROFE no IOMA
hola (naci con un solo riñon) y quisiera saber si yo podria tramitar alguna pension.
hola, mi hermano tiene un 86 % de discapacidad declarado por la junta medica, el tramite lo inicio en el año 99, y tenien todos los requisitos y le sale sale desfavorable, quiero saber cual es el motivo, ya que tiene todo, el abril del 2015 me citan en el poder judicial en quilmes, y me dice que sale desfavorable pero no me dicen mas que eso, por eso quiero saber por que? muchas gracias
hola yo quisiera saber si puedo tramitar una pension ,tengo epilepsia y tengo el certificado de discapacidad tengo la obra social de mi concubino que cubre los medicamentos pero quisiera tener una pension a donde puedo dirigirme ,soy de un pueblo serca de rosario,gracias
Carolina
el certificado dice el % de incapacidad debe ser como minimo 76% Si esa es tu discapacidad y el grupo familiar cumple los requisitos podes iniciarla, pero tene en cuenta que te afilian directamente a PROFE
Mi esposo tiene discapacidad auditiva puede recibir pensión y cuales serian los requisitos t,tanto mi hijo de 3 años nació con lo mismo q ayuda le podrían dar a mi esposo y a mi hijo…
Gracias !!!!!
yesenia
El articulo te indica los requisitos para iniciar la pensión deben tener como minimo un 76% de incapacidad y el 5 lo da la junta medica