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Inscripción de las Inmobiliarias en la UIF

La Unidad de Información Financiera, UIF, encargada de tratar de prevenir los actos, actividades y operaciones que puedan configurar actividades de Lavado de Activos o de Financiación del Terrorismo, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias, dictó la Resolución Nº 16/2012 homologada el 30 de enero de 2012 exclusivamente para los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades  integradas por agentes o corredores inmobiliarios. Por lo antes expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 16/2012 de la UIF, publicada para los agentes o corredores inmobiliarios matriculados o las sociedades de de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario, integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o corredores inmobiliarios […]

La Unidad de Información Financiera, UIF, encargada de tratar de prevenir los actos, actividades y operaciones que puedan configurar actividades de Lavado de Activos o de Financiación del Terrorismo, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias, dictó la Resolución Nº 16/2012 homologada el 30 de enero de 2012 exclusivamente para los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades  integradas por agentes o corredores inmobiliarios.

Por lo antes expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 16/2012 de la UIF, publicada para los agentes o corredores inmobiliarios matriculados o las sociedades de de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario, integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o corredores inmobiliarios matriculados, estos denominados “Sujetos Obligados” ya deben estar inscriptos como tales en la página oficial www.uif.gov.ar, como tales.

La normativa indica si bien los “Sujetos Obligados” deben ya haberse inscripto como tales en la UIF, en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias, ROI, desde enero de 2012, aunque todavía no se encuentre disponible en el sitio la emisión de las Declaraciones Juradas, DDJJ, mensuales.

El reporte a realizar por estos Sujetos Obligados son las operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles, cuando realicen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los $300.000.- O alquileres que superen los $8.000.- al mes. Si realizan estas operaciones de todas maneras se deberá emitir la DDJJ indicando Sin Movimientos.

Como ya dijimos actualmente sólo deben estar inscriptos en el ROI sin tener que emitir las DDJJ mensuales.

Los corredores inmobiliarios matriculados o las sociedades de de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario deben seguir los siguientes pasos para inscribirse en el ROI:

  • Ingresar www.uif.gov.ar.
  • Sección SRO UIF Vía Web, hacer clic aquí.
  • Registrarse como Nuevo Usuario. Registrar Nuevo Sujeto
  • La pantalla le ira pidiendo los datos para registrarlo, tener en cuenta que los tilde con rojo son de carácter obligatorios. Muy importante indicar el mail ya que allí le enviaran lo que usted luego debe confirmar para quedar debidamente registrado como Sujeto Obligado.
  • El sistema le pide la Actividad que si bien para Ingresos Brutos es la Nº 749910, para tener la alícuota de cobro de honorarios profesionales, debe indicar la de la AFIP, que es la Nº 702000.
  • El último paso es la de ingreso al Sistema, debiendo indicar la contraseña, que debe ser como mínimo de 8 caracteres con letras mayúsculas, minúsculas y números.
  • Más abajo debe escribir la imagen que ve y luego apretar el botón “Aceptar”.
  • La registración se enviará por email para su activación. El cual deberá obligatoriamente confirmar para quedar debidamente Registrado en el sistema.

Actualmente no se encuentra habilitada la opción para el envío de las DDJJ mensuales, salvo las indicadas en el  articulo 14 inciso 2 de la Ley Nº 25.246 de la UIF, “Declaraciones Voluntarias”.

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5 comentarios en “Inscripción de las Inmobiliarias en la UIF”

  1. Buenas tardes, necesito me instruyan a los fines de dar la baja ante la UIF, ya que mi ejercicio profesional como Corredora Publica Inmobiliaria ha cesado por haberme acogido a los beneficios de la Jubilacion y en consecuencia he devuelto mi matricula ante el Colegio de Corredores de la Provincia de Cordoba con fecha 15 de Noviembre de 2018.
    Saludo atentamente esperando pronta respuesta.
    GRACIAS

  2. Las inmobiliarias o corredores inmobiliarios que deben poner en el formulario de inscripción donde pide quien lo supervisa (supervisado por) gracias

  3. Hola, te consulto porque a mí no me queda muy claro. Son dos cosas distintas el empadronarse en la Uif y el Registro de Operaciones Inmobiliarias de Afip?? Gracias

Los comentarios están cerrados.