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AFIP: Monotributistas deben solicitar el CAI para mandar a hacer las Facturas

A partir de esta semana se modificó el método que tenían los Monotributistas al mandar a imprimir sus facturas. Según Resolución General Nº 3.665 y 3.666 de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP,  para solicitar la impresión de los comprobantes antes de ir a la imprenta los pequeños contribuyentes deben pedir el   «Código de Autorización de Impresión (C.A.I.)» a través de la página Web, www.afip.gob.ar, y llevarla para para ser cargada en las facturas. Los Monotributistas deberán pedir autorización a la AFIP para mandar a imprimir sus facturas, la numeración comenzará del 00000001, los talonarios “C” deben llevar el CAI e igual a las facturas “A” y “B” tendrán fecha de vencimiento. La norma aclara que los sujetos […]

A partir de esta semana se modificó el método que tenían los Monotributistas al mandar a imprimir sus facturas. Según Resolución General Nº 3.665 y 3.666 de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP,  para solicitar la impresión de los comprobantes antes de ir a la imprenta los pequeños contribuyentes deben pedir el   «Código de Autorización de Impresión (C.A.I.)» a través de la página Web, www.afip.gob.ar, y llevarla para para ser cargada en las facturas.

Los Monotributistas deberán pedir autorización a la AFIP para mandar a imprimir sus facturas, la numeración comenzará del 00000001, los talonarios “C” deben llevar el CAI e igual a las facturas “A” y “B” tendrán fecha de vencimiento.

La norma aclara que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que cuenten con comprobantes impresos con anterioridad al 1to. de noviembre de 2014 podrán utilizarlos por SESENTA (60) días corridos contados desde esas fecha, o hasta la fecha en que se agote su existencia, si esta ultima fuera anterior.

Por lo antes expuesto las facturas impresas que tienen los Monotributistas la podrán utilizar hasta el día 31 de diciembre de 2014.

Debiendo ingresar a la página www.afip.gob.ar y pedir autorización, recibirla e imprimirla por duplicado y por último firmarla.

Llevarla a la imprenta y entregársela al impréntero que a su vez debe introducir la autorización online y recibir la confirmación de la AFIP antes de realizar las facturas.

Recién entonces podrá imprimir el talonario y entregarlo al solicitante, quien deberá informar a la AFIP la recepción, es importante este paso ya que de lo contrario o no será autorizado otro CAI para futuros talonarios.

Si el talonario no es retirado de la imprenta, el impréntero debe informar a la AFIP.

Los Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor agregado, IVA, deberán ratificar autorización y puntos de venta habilitados desde noviembre y hasta marzo de 2015,  pero mantienen la numeración de sus comprobantes.

50 comentarios en “AFIP: Monotributistas deben solicitar el CAI para mandar a hacer las Facturas”

  1. Imprimi un CAI para un monotributista y resulta que me trae el talonario porque tiene la misma numeración que el talonario viejo que había impreso en 2008! Que debo hacer? muchas gracias!

  2. Hola, mi consulta es: como solicito CAI por segunda vez? utilizé hasta la factura 26, tengo que solicitarla a paritr de la 27? como se hace? gracias

    1. Laura

      No te autorizan desde el último Nº autorizado por la AFIP, ejemplo si hicistes un talonario la próxima autorización es desde la factura 51 y tenes que guardar las que no utilizastes del anterior talonario

  3. Hola, di de alta el punto de venta y cuando lo ingreso para pedir el CAI, me sigue diciendo que no tengo empadronado el punto de venta, me estoy salteando un paso?
    Muchas gracias

  4. trate de obtener el CAI pero cuando elijo y coloco el punto de venta que no se que es pero anoto 0001 me da una leyenda que dice punto de venta no empadronado ¿me podrias guiar como sigo? gracias

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