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Requisitos de Tarifa Social con Subsidio de Luz de Edenor y Edesur

El Ministerio de Energía y Minería ha publicado esta semana las Resoluciones 6/2016 y 7/2016, en el Boletín Oficial, para regular lo que será el aumento en los costos de la energía eléctrica y los subsidios estatales que comenzarán a regir desde el mes que viene. En las mismas se establecen los requisitos de la Tarifa Social de Luz que aplicarán Edenor y Edesur, empresas que brindan el servicio en Capital Federal y el Gran Buenos Aires. A partir del mes de febrero de 2016 se aplicarán aumentos de hasta un 350% sobre el cuadro tarifario vigente. Según explicó el Gobierno Nacional, esta medida es tomada por la falta de actualización que han tenido dichos valores desde hace doce años. […]

El Ministerio de Energía y Minería ha publicado esta semana las Resoluciones 6/2016 y 7/2016, en el Boletín Oficial, para regular lo que será el aumento en los costos de la energía eléctrica y los subsidios estatales que comenzarán a regir desde el mes que viene. En las mismas se establecen los requisitos de la Tarifa Social de Luz que aplicarán Edenor y Edesur, empresas que brindan el servicio en Capital Federal y el Gran Buenos Aires.

A partir del mes de febrero de 2016 se aplicarán aumentos de hasta un 350% sobre el cuadro tarifario vigente. Según explicó el Gobierno Nacional, esta medida es tomada por la falta de actualización que han tenido dichos valores desde hace doce años.

En la Resolución 6, el Ministerio de Energía y Electricidad estableció que el  Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, el cual depende de la Presidencia de la Nación, a crear un sistema para implementar una Tarifa Social. La misma estará destinada a las familias con menores ingresos económicos.

Los requisitos de la tarifa social con subsidio de luz de Edenor y Edesur serán los siguientes:

  • Ser titular de la factura.
  • Jubilados o pensionados que cobren hasta dos veces la jubilación mínima ($8.598,12).
  • Empleados en relación de dependencia con una remuneración menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($12.120).
  • Beneficiarios de programa sociales.
  • Trabajadores inscriptos en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Servicio Doméstico.
  • Monotributistas Sociales.
  • Titulares del Seguro de Desempleo.
  • Personas que cuenten con un certificado de discapacidad.

La exclusión de la Tarifa Social se aplicará cuando se cumplan uno de los siguientes puntos:

  • El beneficiario haya muerto. Para ello se hará un cruce del padrón de fallecidos.
  • Cuenten con más de una propiedad a su nombre en el Registro de Propiedad Inmueble.
  • Tengan automotores con modelos de hasta 15 años de antigüedad registrados en el Padrón de Automotor.
  • Posean aeronaves o embarcaciones de lujo.

Por el momento no se sabe cuál será el formulario a presentar para solicitar la Tarifa Social con subsidio en Edenor y Edesur, empresas que, a partir de febrero de 2016, dejarán de enviar boletas bimestrales para hacerlo de forma mensualmente.

Por otro lado, la Resolución 6 establece una Tarifa Social Gratuita. Gracias a ella, las viviendas que tengan un consumo menor a 150 KW no pagarán luz.

43 comentarios en “Requisitos de Tarifa Social con Subsidio de Luz de Edenor y Edesur”

  1. Yo alquilo un local muy pequeño pago 6000 de alquiler y me vino 7000 de luz lo hago por que solo se cocinar para ganarme el pan de cada dia

  2. YO SOY JUBILADO CON LA MINIMA Y LA BOLETA VIENE A NOMBRE DE MI ESPOSA,COMO DEBO HACER PARA QUE PUEDA SER BENEFICIADO CON LA TARIFA SOCIAL O,SI DE TODAS MANERAS SE TIENE EN CUENTA ESTO Y SE CONCEDE IGUAL.

      1. Buenas tardes mi vecin rs verdulera y alqila y tiene que pagar la luz aparte y tiene la boleta a nombre de del dueño del local . Ella quiere pasarlo a su nombre la boleta . Entra en el aubsidio de luz x xk alquila y tiene su negocio?

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