Cuaderno con logo de AFIP y café

Consultar Bienes Personas registrados en AFIP

Desde le día de la fecha, los contribuyentes tienen la oportunidad de consultar los bienes personales registrados en AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), lo cual es de gran utilidad al confeccionar las Declaraciones Juradas Anuales. Para acceder a dicha información es necesario acceder a la página oficial del organismo (www.afip.gob.ar) utilizando su CUIT y Clave Fiscal. La página de AFIP ha habilitado el servicio «Ganancias y Bienes – Nuestra parte». En el mismo, cada contribuyente tiene la oportunidad de acceder a cuáles son los bienes registrables que se encuentran a su nombre en la base de datos del organismo dirigido por Alberto Abad. Para efectuar la consulta es necesario entrar al sitio, pulsar en «Ganancias y Bienes – Nuestra parte» […]

Desde le día de la fecha, los contribuyentes tienen la oportunidad de consultar los bienes personales registrados en AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), lo cual es de gran utilidad al confeccionar las Declaraciones Juradas Anuales. Para acceder a dicha información es necesario acceder a la página oficial del organismo (www.afip.gob.ar) utilizando su CUIT y Clave Fiscal.

La página de AFIP ha habilitado el servicio «Ganancias y Bienes – Nuestra parte». En el mismo, cada contribuyente tiene la oportunidad de acceder a cuáles son los bienes registrables que se encuentran a su nombre en la base de datos del organismo dirigido por Alberto Abad.

Para efectuar la consulta es necesario entrar al sitio, pulsar en «Ganancias y Bienes – Nuestra parte» y seleccionar el nombre del contribuyente.

Ganancias y Bienes Nuestra parte

Dentro de esta sección se pueden encontrar dos apartados:

  • Información sobre tus bienes: Se detallan los bienes inmuebles, vehículos automotores, plazos fijos, depósitos en cuentas bancarias, títulos públicos, acciones y compra-venta de moneda extranjera.
  • Información sobre tus ingresos y deducciones: Allí se listan las remuneraciones y jubilaciones que el contribuyente percibe así como también las retenciones de Ganancias que se le aplican.

El Fiscal Nacional ha obtenido estos datos luego de efectuar un cruce de información con entidades públicas y privadas.

Estos datos deben ser tenidos en cuenta a la hora de efectuar la condición de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, las cuales vencen en abril y mayo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *