La Administración Nacional de la Seguridad Social cuenta con un sitio oficial en el que los usuarios tienen la posibilidad de acceder a las últimas noticias y realizar diferentes trámites vía Internet, lo cual facilita y agiliza la tramitación de sus servicios. La página de ANSES (www.anses.gov.ar) se encuentra dirigida tanto a los jubilados y pensionados como así también a todos los trabajadores que se encuentren en actividad y los desempleados.
Aprovechando el gran avance tecnológico y las virtudes que éste brinda a los cibernautas, ANSES cuenta con una completa página web en la que permite a los usuarios iniciar trámites y consultas sin la necesidad de moverse de sus hogares para dirigirse a una de la oficinas del ente.
El sitio, el cual se encuentra en la dirección www.ANSES.gov.ar, brinda, entre otros servicios, calendarios de pagos, formularios, constancias de inscripción e información que permite orientar a los futuros jubilados y pensionados. Así como también cuenta con leyes que son de suma importancia para ellos y para los trabajadores desempleados que desean tramitar la Pensión por Desempleo.
Además, la página enumera las situaciones que deben de ser denunciadas y explica la manera en la que se deben realizar dichas denuncias, las cuales pueden ser anónimas o no.
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Hola, necesito saber porque hace 2 años no cobro el 20% que me descuentan de la asignacion universal por hijo, ya presente la libreta completa.- Que debo hacer porque lo necesito y en anses de aqui no me dicen nada.- Gracias
necesito saber por que no tengo cargado el cobro en banco nacion bell ville , asignacion familiar. periodo 02/11 . beneficio nº8xxxxxx-3. cuil: 2xxxx4. gracias
debo saber si siendo pensionada, puedo tramitar mi jubilacion
griselda
Si tenes la edad de 60 años y los 30 años de aportes si podes
buenos dias queria saber si mañana atiende anses y si podria solicitar un turno gracias
quisiera saber si yo soy empleada de la provincia y mi marido es privado o sea pertenece al anses nos corresponde a ambos cobrar por matrimonio
natalia
Cuando ambos trabajan la asignacion por matrimonio la cobran ambos