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AFIP: Plazo en respuesta a solicitud de devolución de percepciones por dólar

Los sujetos que no están alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales pueden pedir un reintegro del 20% y del 35% que se les aplicó en 2012, 2013, 2014 y 2015 por operaciones en moneda extranjera mediante www.afip.gob.ar. Una vez hecho esto, el plazo de AFIP para dar una respuesta a la solicitud de devolución de percepciones por dólar ahorro y turista es de 45 días. 45 días es el plazo máximo para dar una respuesta a la solicitud de la devolución de percepciones aplicadas por compra de dólar ahorro o turista, compras con tarjetas de crédito y/o de débito en el exterior (sean en moneda extranjera o en pesos) y adquisición de paquetes y pasajes a destinos fuera del territorio […]

Los sujetos que no están alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales pueden pedir un reintegro del 20% y del 35% que se les aplicó en 2012, 2013, 2014 y 2015 por operaciones en moneda extranjera mediante www.afip.gob.ar. Una vez hecho esto, el plazo de AFIP para dar una respuesta a la solicitud de devolución de percepciones por dólar ahorro y turista es de 45 días.

45 días es el plazo máximo para dar una respuesta a la solicitud de la devolución de percepciones aplicadas por compra de dólar ahorro o turista, compras con tarjetas de crédito y/o de débito en el exterior (sean en moneda extranjera o en pesos) y adquisición de paquetes y pasajes a destinos fuera del territorio argentino. Dentro de dicho tiempo, AFIP debe dar una respuesta indicando si fue aceptado, rechazado o si se necesita más información para procesar el pedido.

En caso de ser aceptada la solicitud, la devolución de retenciones se procederá de acuerdo al cronograma de pagos difundido por el organismo a cargo de Alberto Abad. Los depósitos se harán en la cuenta bancaria del CBU informado a partir del próximo mes a ser aceptado.

Si se requiere más información para procesar el pedido se detallará qué documentación debe presentar el contribuyente. En este caso también se incluye a los empleados en relación de dependencia que presentaron el Formulario 572 Web y AFIP deberá verificar que el empleador no hizo la devolución.

En caso de vencer el plazo sin recibir respuesta, el solicitante podrá presentar una «Nota para pronto despacho» en la mesa de entrada de la dependencia de AFIP correspondiente a la jurisdicción de su domicilio fiscal. El modelo de dicha nota se puede bajar al pie de este artículo.

Los pasos a seguir para solicitar la devolución de las percepciones son las siguientes:

  • Entrar en www.afip.gob.ar.
  • Pulsar en «Ingresar» y escribir el CUIT y la Clave Fiscal.
  • Hacer clic en la opción «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social» y completar el formulario con los datos requeridos.
  • Acceder a «Mis Aplicaciones Web».
  • Presionar en «Nuevo» y seleccionar la siguiente información:
    • Organismo: AFIP.
    • Tipo Formulario: Declaración Jurada.
    • Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias.
    • Versión: Seleccionar la vigente.
    • Período Fiscal: Escribir el período fiscal en formato AAAAMM (Año mes).
  • En pantalla se mostrarán todas las percepciones cargadas: Es necesario tildar las que se quieran solicitar.
  • En caso de querer solicitar el reintegro de percepciones no cargadas se tiene que presionar en el botón «Agregar percepción» y completar el formulario con los datos solicitados (origen; tarjeta; fecha de pago del resumen y/o liquidación / fecha de débito; e importe).
  • Pulsar en «Grabar» y «Presentar».

Bajar archivo con modelo de nota para pronto despacho.

83 comentarios en “AFIP: Plazo en respuesta a solicitud de devolución de percepciones por dólar”

    1. Con el estado 24-70 a mi me terminaron de pagar este mes el período 2015. Es decir que es inminente que te paguen (en cuotas de $3000 máximo), siempre y cuando hayas declarado una cuenta bancaria para que te realicen los depósitos. En cambio, yo también tengo pendiente el pago del período 2014, y ese figura en estado 23-80, también aprobado, pero todavía no estaría listo para pasar al pago en cuotas por lo que seguiré esperando hasta que pase a 24-70, supongo.

  1. Buenas, presente el tramite el 17 de Junio de 2016 y todavia dice EN TRAMITE

    ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [11-11-2016]

    [32750599 – 37] Conforme las bases de datos de este Organismo, Ud. registra consumos con tarjetas de crédito/débito que superan sus ingresos declarados en el período 2015. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.

    Usteden dicen que la afip tiene 45 dias para dar una respuesta, y en este caso, por mas que sean 45 dias habiles, ya estan mas que pasados. Me acerque a mi sucursal de AFIP y me dijeron que ellos no me pueden dar info ni hacer nada para acelerar el tramite. Es comun esto? Que se pasen del tiempo que ellos mismos fijan ? Gracias

  2. ALGUIEN SABE QUE ES ESTO, GRACIAS

    ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [15-08-2016]

    De acuerdo al análisis de las solicitudes de devolución por usted presentadas y de las percepciones efectuadas registradas en las bases de este Organismo, se informa que del monto total a devolver han sido descontadas las percepciones en negativo originadas en notas de crédito emitidas por los Agentes de Percepción.

  3. Todavia no cobre ni la primer cuota, que se sabe?? no se que es peor… que me lla saquen o que me digan que me la devuelven y no devuelven nada….

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