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AFIP: ¿Cómo facturar ingresos por Google AdSense?

Los contribuyentes tienen la obligación de declarar todos todos sus ingresos. Desde hace mucho tiempo hemos recibió muchas preguntas sobre cómo facturar ingresos por Google AdSense. Tras varias consultas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E, lo cual detallamos en este artículo la manera en la cuál se hace. Los contribuyentes tienen la obligación de emitir y exigir una factura. Sin embargo, dado que el pago se realiza desde Estados Unidos (EEUU), Google AdSense no solicita ningún tipo de comprobante, algo que genera una gran incógnita en los usuarios argentinos que no saben cómo declarar dichos ingresos, los cuales perciben por Western Union o depósito bancario. Obviamente, para poder facturar […]

Los contribuyentes tienen la obligación de declarar todos todos sus ingresos. Desde hace mucho tiempo hemos recibió muchas preguntas sobre cómo facturar ingresos por Google AdSense. Tras varias consultas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E, lo cual detallamos en este artículo la manera en la cuál se hace.

Los contribuyentes tienen la obligación de emitir y exigir una factura. Sin embargo, dado que el pago se realiza desde Estados Unidos (EEUU), Google AdSense no solicita ningún tipo de comprobante, algo que genera una gran incógnita en los usuarios argentinos que no saben cómo declarar dichos ingresos, los cuales perciben por Western Union o depósito bancario.

Obviamente, para poder facturar a Google AdSense, el contribuyente debe estar inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o el Régimen General (Autónomos).

El primer paso es dar de alta un punto de venta mediante la página de AFIP utilizando el CUIT y la Clave Fiscal, la cual se puede generar siguiendo los pasos detallados AQUÍ. Para hacerlo es necesario acceder al servicio «Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)», dentro del cual se tiene que acceder en «A/B/M de puntos de venta» y «Alta».

Luego, debido a que se trata de una prestación de servicios que se efectúa en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleva a cabo en el exterior, es necesario empadronarse en la Facturas Electrónicas de Clase E. Para hacerlo es necesario ingresar en «Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)»; opción «Empadronamiento/Adhesión»; seleccionar «Factura Electrónica – Exportación de Servicios»; y seleccionar una de las siguientes opciones «Facturador en Línea» o «WebService / Facturador Plus».

Una vez habilitada, al momento de confeccionar la Factura E, el usuario tendrá que indicar la Clave e Identificación Tributaria de Estados Unidos otorgada por Estados Unidos. La misma es la siguiente:

  • Persona jurídica: 55000002126
  • Persona física: 50000002124
  • Otro tipo de entidad: 51600002124

Una vez generada la factura, el contribuyente no necesita enviar la misma a ninguna parte dado que Google AdSense no requiere la misma. Sin embargo se recomienda imprimirla y guardarla para llevar un control.

63 comentarios en “AFIP: ¿Cómo facturar ingresos por Google AdSense?”

  1. Hola tengo una orden de pago de Adsense en dólares. Se debe facturar en pesos al dolar oficial día anterior Banco Nación?. Gracias!

  2. Hola, están actualizados con la información? Si se hace una factura E es obligatorio pesificar los dolares en el MULC o no? por lo que cobrar por Western Union no sería legal ya que pesifica al CCL… Tienen info sobre esto? Gracias!

    1. Como recibis pesos, la factura la haces en pesos ,no en dólares Te guardas toda la información adjuntada a la factura, por cualquier inconveniente

  3. Tengo una duda con respecto a blanquear el punto de venta porq yo no soy una empresa y no tengo maquinas para facturar seria una factura digital electrónica. Q tendría q hacer en ese caso q tendría q poner como punto de venta

  4. Hola. Muy buen articulo. Tengo dos dudas. Por un lado, qué monto debo poner en la factura E? Dolares tal como esta emitido desde google o la conversión a pesos que me hace WU? Y si es este ultimo caso, WU paga a dolar CCL, que está por encima del oficial. Esa transaccion de CCL, queda para la AFIP o el Banco Central que la hizo google o quien recibe el pago? Pregunto esto último porque las nuevas restricciones cambiarias nos prohiben intervenir en el mercado de dolares CCL o dolar bolsa si es que compramos el cupo de 200 dolares mensuales. Temo que me bloqueen desde el Banco Central al cobrar google a dolar CCL. Espero haberme explicado bien. Muchas gracias!

  5. Excelente artículo, muy útil. Tengo una duda. En las DDJJ de ingresos brutos de Arba, el monto de lo facturado por Google Adsense tiene que ir en pesos o en dolares? Gracias!

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