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ANSES: ¿Por qué no cobré el pago retroactivo de Reparación Histórica?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) ha liquidado los haberes del corriente mes sin el pago retroactivo de la Reparación Histórica como estaba previsto. Según informó el organismo previsional, no se ha pagado el mismo dado que aún no se efectuaron las homologaciones judiciales de los acuerdos firmados por los jubilados y pensionados. Se había indicado que el corriente mes se comenzaría a efectuar el pago retroactivo de la Reparación Histórica a los jubilados y/o pensionados del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) que ya han firmado su acuerdo en ANSES. A pesar de ello no se liquidó el mismo debido a que la Justicia aún no homologó los acuerdos como se previa. Sin embargo, ANSES decidió que este […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) ha liquidado los haberes del corriente mes sin el pago retroactivo de la Reparación Histórica como estaba previsto. Según informó el organismo previsional, no se ha pagado el mismo dado que aún no se efectuaron las homologaciones judiciales de los acuerdos firmados por los jubilados y pensionados.

Se había indicado que el corriente mes se comenzaría a efectuar el pago retroactivo de la Reparación Histórica a los jubilados y/o pensionados del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) que ya han firmado su acuerdo en ANSES. A pesar de ello no se liquidó el mismo debido a que la Justicia aún no homologó los acuerdos como se previa.

Sin embargo, ANSES decidió que este mes se empiece a aplicar el aumento de la Reparación Histórica a los adultos mayores que ya han firmado para que, de esta forma, comiencen a percibir el haber que les corresponde.

Se estima que la homologación de los acuerdos puede demorar hasta seis meses por lo cual los titulares del beneficio tendrán que tener paciencia para cobrar el retroactivo.

¿Cuánto se cobra por el retroactivo de Reparación Histórica?

En caso de no haber iniciado un juicio por reajuste de haberes, el pago retroactivo comienza a aplicarse desde el momento de la firma del acuerdo en la oficina de ANSES con la compañía de un abogado y hasta que se haga efectivo el reajuste. Si se iniciaron acciones judiciales y no se tiene sentencia firme, el mismo se paga hasta 48 meses previos a la aceptación, se abona el 50% en efectivo y el resto en 12 cuotas trimestrales.

Un dato a tener en cuenta es que el pago de los honorarios de los abogados también se realiza al momento de la homologación del acuerdo de Reparación Histórica. Al igual que ocurre con las jubilaciones y pensiones, los mismos se actualizan aplicando el índice previsto en la Ley de Movilidad Jubilatoria.

95 comentarios en “ANSES: ¿Por qué no cobré el pago retroactivo de Reparación Histórica?”

  1. Mi papá cobro el reajuste pero él retroactivo hace más de un año y medio q no se lo abonan en anses le dicen q está en proceso complementario una vergüenza q jueguen así con los mayores

  2. Cobre el aumento que me asignaron por la aceptacion de la reparacion historica en el mes de noviembre de 2017 y refrende el acuerdo juntamente con mi abogada en el mes de marzo de 2017. Aun estoy esperando que se me abone en retroactivo del 50% hace mas de un año del la firma del acuerdo. Me gustaria saber si hay algun impemiento o saber la fecha aproximada del respectivo cobro.

  3. Hola yo inicié los trámites de reparación histórica en 2016.
    Pensión de mi marido fallecido el muchas veces trato de hacer juicio pero , no lo aceptaron , yo lo hice y cobre acepté y llegue a un acuerdo en septiembre de 2017.
    Que pero no cobre el retroactivo , me siguieron que está en judiciales .cuando lo cobraré, gracias .

  4. Buenas Tardes molesto su atencion para despejar una duda Hace tiempo estoy tratando de finalizar el tramite de la Reparacion Historica Beneficio Pension Derivada que le corresponde a mi madre 90 años)
    La pagina de ANSES dice que como apoderada con un poder especial otorgado x unica vez Yo podria realizar ese tramite previa exencion de huella. seria muy importante para mi hacerlo de esta forma tengo todo listo Abogada puesta x la Defensoria Pero ANSES Banfield me dice que eso es imposible sinembargo esta en la pagina y puede leerse Yo no soy la Curadora de mi madre soy la Apoderada desde el inicio del tramite de la Pension en Diciembre de 1988.

    Repito esto es una solucion y esta redactado por ANSES en su pagina. Aclaro que los Escribanos de la zona ninguno hace el tramite de la certificacion Ya he ido varias veces a las oficinas de ANSES Banfield sobre la calle Hipolito Yrigoyen y nadie sabe explicarme se limitan a decirme que eso no corresponde les hago leer Reparacion Historica Suscripcion del Acuerdo y se quedan mirandome
    Espero respuesta de Uds, Muchas Gracias

    1. Hola Liliana, te cuento que yo hice el trámite para mi tía y te confirmo que sí lo podés hace vos como apoderada, si ya figurás como apoderada en ANSES, o sea si estás autorizada a cobrar por ella, podés hacer el trámite. No tenés que consultar nada, lo hacés directamente. Los pasos son los siguientes:
      1. Aceptar la reparación por medio de la página en MI ANSES
      2. En la misma página tenés que imprimir el formulario de excención de huella (que es para este trámite específico).
      3. Este formulario lo tenés que hacer completar por un medico que certifique la imposibilidad de la persona de concurrir a la oficina de ANSES.
      4. Con este formulario completo firmado por el médico tenés que presentarte vos como apoderada en ANSES con el abogado, ahí te toman el formulario y te entregan el convenio que tiene que firmar tu madre.
      5. Tenés que llamar a un escribano que vaya a tu casa y tu madre firme el convenio para que lo certifique el escribano. Yo no conseguí escribano por el listado del ANSES así que vas a tener que pagarlo vos particular. A mí me cobraron $600.
      6. Una vez que tenés el convenio certificado, tu abogado debe ir a presentarlo al ANSES (no tenés que ir vos).

      Yo hice el trámite y te aseguro que es así. En el tel. 130 te atienden muy bien pero no saben nada, yo llamé varias veces y cada vez me decián otra cosa. Tu abogado debería saber los pasos a seguir, pero son estos que te pasé.
      Saludos y Suerte

      1. El caso que comenta Marcela es si tu mamá puede firmar (o sea si el escribano puede tomarle la firma) o puede darse a entender con el escribano. Si en cambio, tiene problemas serios de senilidad, no puede comunicarse verbalmente, ningun escribano firma ese poder que tu mamá te daría a vos. En este caso extremo (yo lo vi´vi con mi suegra) hay que recurrir a un abogado que inicie el trámite de Curadurìa . Un juez, luego de varias pruebas, y un tiempo largo, te nombrará curadora de tu mamá. Previo al nombramiento, la abogada (o vos) podrá presentar una nota al anses, informando el inicio de este trámite Judicial (a nosotros nos cobraba $ 30.000).
        Mucha suerte,

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