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Vuelos cancelados por mal tiempo ¿Puedo reclamar?

En caso de que un vuelo se cancele o se retrase, las aerolíneas no están obligadas a devolverte el dinero. Mirá las opciones que tenés.

Desde se dictó la Resolución 203 en el año 2013, las aerolíneas no están obligadas a responder de una manera específica en caso de cancelación de vuelos por motivos climáticos, quedando todo a la suerte de la actitud que estas tengan con los clientes. Es por ello que siempre conviene contar con un seguro que permita contratar otro pasaje o bien tener un resarcimiento económico.

En la mayoría de los casos en que los vuelos son cancelados por tormentas u otras condiciones meteorológicas, las distintas líneas aéreas suelen ofrecer soluciones a los pasajeros, tales como rehubicarlos en la misma u otra compañía (siempre priorizando a los que están de regreso de un viaje), permitir contratar otro vuelo o bien devolver el dinero.

Desde que en noviembre de 2013 la Administración Nacional de Aviación Civil, ANAC, dictó la resolución 2013, se limitó parte de las condiciones generales del contrato de transporte aéreo, por lo que las compañías aéreas ya no tienen la obligación de responder por las cancelaciones o demoras de vuelos que se dan por problemas climáticos.

Sin embargo, las compañías aéreas no están eximidas de asistir al pasajero por incumplimientos que se deban a circunstancias operativas, técnicas o de índole comercial. Además, en caso de que sea por causa climáticas, se puede iniciar un reclamo ante la ANAC, el Ministerio de Turismo o Defensa del Consumidor en el caso de que se haya contratado a través de una agencia de viajes.

 

Es por esto que es conveniente contar con un seguro de viaje que permita recuperar el dinero en el caso de que la compañía aérea no se haga cargo de compensar al pasajero en caso de retrasos o cancelaciones de vuelos por cuestiones climáticas.

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