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Certificación de Servicios por Internet

 Un tema que se viene hablando desde el año pasado será implementado a partir del 1º de agosto de 2008 y es la implementación de la realización de la Certificación de Servicios vía Internet, lo que deberán tener en cuenta los empleadores que deban emitir una Certificación de Servicios para los trabajadores que terminen las relaciones laborales, el servicio se encontrara disponible en la pagina Web de la AFIP a partir del día 25 de julio de 2008. Este sistema esta reglamentado por la resolución General Nº 2.316 de la AFIP con fecha 27 de septiembre de 2007. Como acceder a la transacción: Ingresar a la pagina Web de la AFIP con Clave Fiscal al Servicio «Mi Simplificación», opción «Certificación  […]

 Un tema que se viene hablando desde el año pasado será implementado a partir del 1º de agosto de 2008 y es la implementación de la realización de la Certificación de Servicios vía Internet, lo que deberán tener en cuenta los empleadores que deban emitir una Certificación de Servicios para los trabajadores que terminen las relaciones laborales, el servicio se encontrara disponible en la pagina Web de la AFIP a partir del día 25 de julio de 2008. Este sistema esta reglamentado por la resolución General Nº 2.316 de la AFIP con fecha 27 de septiembre de 2007.

Como acceder a la transacción:

Ingresar a la pagina Web de la AFIP con Clave Fiscal al Servicio «Mi Simplificación», opción «Certificación  de Servicios» Es indispensable ingresar previamente a la opción denominada «Administración de Relaciones» y dar de alta el Servicio «Certificación de Servicios»

Los empleadores que deban emitir una «Certificación de Servicios» deben saber que es indispensable.

  • Que la relación laboral a emitir la correspondiente Certificación debe estar obligatoriamente registrada en el Servicio «Mi Simplificación» , excepto que se trate de períodos anteriores a Octubre/2005 y el contribuyente haya cumplido con las previsiones de la R.G. 3834, texto según R.G. 712 modificatorias y complementarias.

  • Las Declaraciones Juradas correspondientes a los periodos no  prescriptos posteriores al mes de junio de 1994  estén presentadas y  comprendidos en la certificación de servicios y remuneraciones a generar.

  • cuando los datos a certificar no guarden relación con los datos declarados habrá que rectificar las correspondientes Declaraciones Juradas.

Como proceder para los periodos anteriores a junio de 1994

Cuando la Certificación de Servicios incluya periodos anteriores a junio de 1994, inclusive, el sistema podrá requerir:

  • El número de cuenta o de inscripción del empleador otorgado por la ex Dirección Nacional de Recaudación Previsional.

  • El número de afiliación del trabajador ante la ex Caja de Previsión Social.

  • Los distintos números de documentos que posea el trabajador (DNI, DU, CI, LC, LE y/o pasaporte).
     

43 comentarios en “Certificación de Servicios por Internet”

  1. Necesito tramitar el certificado de aportes de mi esposo fallecido. El era trabajador en relación de dependencia. ¿Puedo obtener este certificado por internet?, y en el caso de que esto sea posible ¿Cómo debo hacer, a que página debo entrar?. Gracias

  2. Buenas tardes, una duda: que hacer cuando se a exportado al f 931 ej: 23dias trabajados 7 dias de vacaciones en la situacion de revista del empleado, entonces cuando queres hacer la certif Ss on line, te sale computado 23dias reales de trabajo, y no 30. Si o Si hay que rectificar? periodo a periodo?? que otra solución posible hay? MUCHISIMAS GRACIAS.

  3. No se si a alguien mas le ha sucedido.
    Al confirmar las certificaciones (4/4) Solamente (2/4) quedan confirmadas al instante, el resto no figura en las demas categorías.

    Al editar la certificación y agregarle el tipo de tarea que realizaba la persona dentro de la empresa y guardarla para posteriormente continuar con la tarea. Los períodos que tenía editados dejaron de apatrecer, ej: Empleado que trabajó desde 01/03/1994 al 15/08/2008, llevaba editado hasta el 2002, ahora solamente me aparece como que el trabajador solo realizó tareas desde 01/03/1994 al 31/12/2001. R-A-R-I-S-I-M-O!!

    Trate de comunicarme al «HELL» desk de ANSES, pero ya en el menu de atención tiene errores y me informa que el codigo ingresado no es correcto.

    DIOS! Porque la complicaron de esta manera! Era feliz sacando los importes de los libros de sueldos!!!!!!!!! Aparte de que me llevaba solamente un par de horas!!!..

    Alguna solución o sugerencia?

    Gracias.-

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