Jubilados tristes de la Anses

Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro «La Estrella»

Los empleados de comercio deben pagar el seguro de retiro La Estrella.

A raíz de las consultas efectuadas por nuestro visitantes informamos la obligación del deposito del pago de un  Seguro de Retiro para todos los trabajadores incluidos en el Convenio de Trabajo 130/75 Empleados de Comercio, ya que este es un beneficio para los trabajadores y en el momento de retirarse del establecimiento es obligación del empleador entregar dicho aportes que servirán como una jubilación privada aparte. En el momento de su desvinculación de la empresa los trabajadores pueden optar por dejar este ahorro en la compañía hasta el momento de jubilarse o bien retirarlo y le será descontada una comisión.

Existen varias jurisprudencia en relación a los años de prescripción aplicable a la obligación patronal de aportar este sistema de Retiro Complementario previsto en el convenio de Trabajo Nº 130/75, el plazo de prescripción es d e10 años. Adjuntamos archivo Word con el Fallo Plenario 319 según Acta Nº 2.527 de fecha 17 de julio de 2008

Bajar Fallo Plenario 319

fallo-seguro-de-retiro-plenario-319-acta-2527.doc

330 comentarios en “Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro «La Estrella»”

  1. hola graciela
    comno estas mi pregunta es a mi no me pusieron en mi recibo de sueldo el aumento del salario minimo vital y movil que se cobraba ahora en agosto $1400 y en enero $1500 porque no me corresponde trabjo 9 horas de lunes a sabado soy empleada de comercio
    espero tus respuestas
    garcias besos
    vanesa

  2. Hola, soy de misiones y en el mes de julio me despidieron sin justificativo y sin previo aviso de la empresa donde trabajé durante 10 años y 4 meses. Este seguro me informó que la empresa no ha hecho ningún aporte durante todo este tiempo pero la misma me debe abonar igual.¿cómo calculo el importe que me deben pagar? Ingresé a la empresa el 1 de marzo de 1999 y me despidieron el 28 de julio de 2009. Mi último sueldo remunerativo fue de $1.770
    Gracias.

  3. il perdon graciela, es que este tema me tiene preocupada, te envio los datospara calcular la liquidacion final, datos: ingrese el 14/01/2008 desvinculacion 28/08/09, remuneracion asignada $ 1378.23+ presentismo+ adicional empresa $71+ no remuneratorio $300,o sea en mano cobraba con estos importes $ 1900 (pertenece a la ultima remuneracion cobrada en el de mes agosto), tampoco tuve mes de preaviso, por eso no sabia como aplicar a la tabla esto del me sde preaviso, y demas importe que sesconozco.
    Gracias.
    y con respecto al seguro mi abogado dice que se tiene que asesorar bien porque no esta al tanto de dicho seguro.
    Cuanto me corresponderia del seguro?
    gracias graciela

    1. cristina

      Vos pones remuneración asignada, supongo que es basico mas antiguedad y mas presentismo tomo $1.378.23 como mejor remuneración anual te paso la liquidación

      http://WWW.econoblog.com.ar

      LIQUIDACION FINAL POR DESPIDO SIN CAUSA

      MEJOR REMUNERACION $ 1.378,23

      Meses trabajados
      LIQUIDACION FINAL AL: 10 31/08/2009

      AGUINALDO PROPORCIONAL $ 459,41

      Indemn.Antiguedad $ 1.378,23 2 $ 2.756,46

      Falta de Preaviso 1 $ 1.378,23
      SAC $ 114,85 $ 1.493,08

      Reintegro mes hasta el

      SAC $ 91,88 $ 7,66 $ 91,88 $ 91,88

      Dias Vac. 31/12 días
      VACAC.PROPORCIONALES 14 11,66666667 $ 643,17
      SAC $ 53,60 $ 696,77

      $ 5.497,61
      El seguro es un % que se va acumulando mensualmente y se saca las comisiones

  4. TE PASO LOS DATOS PARA LA LIQUIDAIÓN FINAL, SI FALTA ALGUNO ACISAME, EL DESPIDO FUE EL DIA 28/08, INGRESE EL 14/01/2008 REMUNERACION ASIGNADA 1378.23+PRESENTISMO+71 ADICIONAL EMPRESA+ACUERDOS,
    mi ultima remuneracion agosto cobrado, es de en mano 1620, sin contar lo no remunerativo del acuerdo no?y remuneracion asignada por categoria A es de 1378.23 habiendo trabajado 20 meses, cual seria mi liquidacion final a cobrar? ya que el monto que me pasaron no me cierra , es por $5700, despido sin causa y sin mes de pre aviso?, Y EL CALCULO DEL SEGURO CUAL SERIA?
    GRACIAS.

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