Al pie de este artículo, EconoBlog permite bajar gratis un archivo Excel con la liquidación del recibo de sueldo para el personal jornalizado de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) de octubre de 2019. Después de hacer la descarga, el liquidador tiene que modificar la planilla con los datos correspondientes a cada uno de los trabajadores (Salario de la categoría; antigüedad; y horas ordinarias y extras).
Para confeccionar el recibo de sueldo de UOM tomamos como ejemplo a un trabajador que desempeña actividades dentro de la categoría «Ingresante» de la Rama 17 de la escala salarial de la UOMRA.
El empleado que tomamos como modelo trabaja 9 horas diarias de lunes a viernes. En octubre trabajó 5 horas extras al 50% y 5 horas extras al 100% en cada quincena.
En octubre comienza a aplicarse un 5% de aumento tal como se acordó en las últimas paritarias.
De acuerdo a lo acordado por UOM con las cámaras patronales, los empleadores tienen que pagar este mes la primera cuota ($2000) del bono de $5000 otorgado por el Gobierno Nacional al sector privado mediante el Decreto 665/19. La segunda cuota será de $2000 y tendrá que abonarse con la segunda quincena de noviembre y la tercera de $1000 que tendrá que pagarse con la de diciembre.
Un dato a tener en cuenta es que este mes se tiene que liquidar un feriado nacional, el del sábado 12 por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Si el asalariado trabajó en esa fecha las horas se tienen que pagar al doble.
Como se puede ver en el recibo de sueldo, es necesario comprar la remuneración de cada trabajador con el Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR), cuyo valor vigente es de $24.714. Si el resultado es favor del trabajador, esa diferencia se tiene que pagar bajo el concepto «A cuenta de futuros aumentos».
Descargar archivo con recibo de haberes jornalizado de UOM de octubre de 2019.
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Buenos días, tengo el caso que trabajan de lunes a viernes 9hs. Lo que da un total de 99 para la primera quincena y 108 para la segunda quincena. Mensuales me da 207. Debo liquidarle 7hs extras? La base de jornada habitual es 200?
MICAELA NO, ya que hay meses que se trabaja menos de las 200 se paga por horas 8 o 9 diarias según turno