La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una prórroga para la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Sin embargo, la misma no alcanza al plazo para ingresar el saldo del tributo, la cual permanece sin cambios.
ARCA estableció la prórroga para la DDJJ de ganancias mediante la Resolución General 5876/2026.
Extendió el plazo para presentar la Declaración Jurada de Ganancias
ARCA dispuso que la Declaración Jurada de Ganancias del período fiscal 2025 podrá presentarse hasta el lunes 27 de agosto de 2026. Esta decisión responde a un pedido realizado por profesionales en ciencias económicas.
No obstante, el organismo mantuvo el vencimiento para el pago del saldo resultante. Por lo tanto, quienes tengan impuesto a ingresar deberán abonarlo hasta el lunes 27 de julio de 2026, inclusive.
Anticipos de Ganancias
La RG 5876/2026 de ARCA también incorpora una modificación vinculada con los anticipos de Ganancias correspondientes al período fiscal 2026.
Por ello, el primer anticipo, cuyo vencimiento original estaba previsto para agosto, deberá abonarse entre el 14 y el 16 de septiembre de 2026. La fecha exacta dependerá de la terminación de la CUIT de cada contribuyente:
- 14 de septiembre: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- 15 de septiembre: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- 16 de septiembre: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
Conforme a ARCA, fue necesario adaptar el calendario de vencimientos de los anticipos dado que su cálculo lo determina el impuesto determinado para el período fiscal anterior.
ARCA no modificó el cronograma para Bienes Personales
A diferencia de lo ocurrido con Ganancias, ARCA no introdujo modificaciones en los vencimientos del Impuesto sobre los Bienes Personales.
En consecuencia, tanto la presentación de la DDJJ como el pago del saldo deberán realizarse hasta el 27 de julio de 2026. Es decir, el cronograma previsto para ese tributo continúa vigente sin cambios.

