Servicio Doméstico

Últimas noticias para empleados del servicio doméstico y empleadores con escala salariales vigentes.

Servicio doméstico – Capital Federal

Las actividades desarrolladas en el hogar del empleador son consideradas Servicios Domésticos , están reglamentadas por el Decreto Ley Nº 326/1956. La primera instancia entre empleador y empleado del Servicio doméstico que se desempeñen en el área de los domicilios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal del Servicio Doméstico que funciona para atención al público en la Calle 25 de Mayo 637 de  Capital Federal en el horarios de lunes a viernes entre las 9 y las 13 horas. No se podrá contratar para realizar trabajos domésticos menores de 14 años de edad. Beneficios:

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Prórroga de Vencimientos para el pago de Monotributo y Servicio Doméstico

Debido a que la Administración Federal de Ingresos  Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº  2538 y en cumplimiento de la actualización de los valores establecidos por la Resolución Nro. 1765 del Ministerio de Salud del 19/12/08 se modifican los aportes del Servicio Domésticos y al Régimen Simplificado del Monotributo dispuso una prórroga para el pago de dichos Regimenes hasta el día 16 de febrero. Prórroga Vencimiento día 16 de febrero de 2009 Régimen Período Monotributo Febrero 2009 Servicio Doméstico Enero 2009

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Aumento en los aportes del Seguro de Salud para el Servicio Doméstico

La Administración Federal de Ingresos  Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº  2538 modifico  a partir de los sueldos del mes de diciembre de 2008, el importe mensual de los aportes del Seguro de Salud  que deben  ingresar  los dadores de trabajo de los trabajadores del servicio doméstico, por cada uno de éstos, los importes que, de acuerdo con las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores — activo o jubilado —, son los que siguientes: a) Por cada trabajador activo:

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Obligatoriedad de la inscripción en la AFIP del Servicio Domestico

Cuando el personal de Servicio Domestico se desempaña como mínimo seis (6) horas semanales desde le año 2005 es obligatoria la inclusión, inscripción en el sistema de la AFIP, Administración Federal de Ingresos Públicos, existen ventajas impositivas para quienes tienen en blanco a la trabajadora. El aporte mensual, hoy de $ 72, le permite el acceso a una obra social y el ahorro para una jubilación futura. Los beneficios del sistema tributario implican la posibilidad de deducir del monto de los ingresos de quien da empleo sujeto al impuesto a las ganancias los pagos por salarios y cargas sociales, hasta un máximo de $ 9000 por año.

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Salarios Vigentes noviembre 2008 Servicio Domestico

Los salarios del Servicio Domestico subieron un 26% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 1538/08-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  17/12/08, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Los nuevos salarios rigen con retroactivo al 1ro. de noviembre de 2008, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

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Aumento del sueldo mínimo personal servicio domestico

Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008

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Régimen para el personal, aportes y contribuciones

El pago de los aportes y contribuciones deberá realizarse hasta el día 10 del mes posterior al pago de los sueldos, ingresando a la página de la AFIP, www.afip.gov.ar sesión formularios podrá bajar el Formulario número 102 modelo nuevo o bien dirigirse a la dependencia de  la AFIP y pedirlo en mesa de entradas. Cuando realice el pago le quedara dos comprobantes uno para el empleador y el otro para el trabajador.

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