Cuaderno con logo de AFIP sobre un escritorio

Modificación en los parámetros para la determinación de las cuotas del Monotributo – Nueva categorización Monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, estima que en el plazo de una semana enviará al Congreso e proyecto para  la determinación de las cuotas del Monotributo.  Los topes de los ingresos brutos obtenidos por los contribuyentes pasara a ser para la prestación de Servicios y Locación de $72.000.- a $200.000.- y para el Resto de las Actividades de $144.000.- a $300.000.- Para la venta de bienes el precio máximo será ampliado de $870.- a $ 2.480.-Dando respuesta al pedido de actualización de los montos de facturación sin modificación por mas de diez años-  Complementariamente aumentarán, en algunos casos hasta se quintuplicaran los montos a ingresar. También se instrumentará la factura electrónica salvo para las categorías mas bajas. Pero […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, estima que en el plazo de una semana enviará al Congreso e proyecto para  la determinación de las cuotas del Monotributo.  Los topes de los ingresos brutos obtenidos por los contribuyentes pasara a ser para la prestación de Servicios y Locación de $72.000.- a $200.000.- y para el Resto de las Actividades de $144.000.- a $300.000.- Para la venta de bienes el precio máximo será ampliado de $870.- a $ 2.480.-Dando respuesta al pedido de actualización de los montos de facturación sin modificación por mas de diez años-  Complementariamente aumentarán, en algunos casos hasta se quintuplicaran los montos a ingresar. También se instrumentará la factura electrónica salvo para las categorías mas bajas. Pero para las categorías mas altas el Monotributo no será un Régimen barato.

El nuevo esquema para los monotributistas no estará basado en monto fijos, sino a porcentajes o módulos del Salario Mínimo Vital y Móvil.

Las primeros cinco categorías desde la A a la E son iguales para todas las actividades

Categorización para Monotributistas actividades relacionadas con Locaciones, Servicios y Resto de Actividades
CATEG. Ingresos B/ Anuales Superficie Afectada Energía Eléct. Consumida Anualmente Importe a Pagar Solo Impositivo
Vigente Proyecto (x) HASTA HASTA Actual Proyecto
A hasta $12.000 Hasta 28 SMVM  $35.000.- 20m² 60m² 2.000 Kw $33.- $ 60.-
B hasta $24.000 Hasta 60 SMVM  $75.000.- 30 m² 85 m² 3.300 Kw $39.- $ 90.-
C hasta $36.000 Hasta 89 SMVM  $110.000.- 45 m² 110m² 5.000 Kw $75.- $ 190.-
D hasta $48.000 Hasta 125 SMVM  $155.000.- 60 m² 150m² 6.700 Kw $128.-/$118.- $ 900.-
E hasta $72.000 Hasta 161 SMVM  $200.000.- 85 m² 200m² 10.000 Kw $210.-/$194 $ 1.240.-

Las categorías de la F a la H solo se podran aplicar a los contribuyentes que no realizan Locaciones y/o servicios se les implementará los siguientes valores de Ingresos Brutos obtenidos al año

Categorización para Monotributistas actividades excepto  Locaciones y/o Servicios
CATEG. Ingresos Brutos  Anuales Importe a Pagar Solo Impositivo
Vigente Proyecto (x) Actual Proyecto
F $ 96.000.- Hasta 200 SMVM y 1 empleado  $235.000.- $ 310.- $ 2.000.-
G $ 120.000.- Hasta 218 SMVM y 2 empleados  $270.000.- $ 405.- $2.350.-
H $ 144.000.- Hasta 242 SMVM y 3 empleados  $300.000.- $ 505.- $ 2.700.-

(x) Salario Mínimo Vital y Móvil a la fecha $1.240.-

El proyecto no establece modificaciones en las cotizaciones de salud (actual $46.75 por titular y $39 familiar adherente) como así tampoco al aporte previsional ( actual $35.-). como vemos en el cuadro anterior los contribuyentes desde la categoría F, G y H deberán tener incorporados 1,2 o 3 empleados como requisitos para adherirse a este régimen.

De acuerdo a los cálculos se estima que a partir de la categoría E habrá caso en los cuales salgan mas económicos estar inscripto en el Régimen General que en el Monotributo.

Cuadro comparativo Monotributistas con el Régimen General
CATEG. Ingresos Brutos Anuales Impuesto Mensual Impuesto Anual Impuesto Ganancias e IVA Anual (aproximado)
A Hasta $ 35.000.- $ 60.- $ 720.- $ 1.900.-
B $35.001.- a $75.000.- $ 90.- $ 1.080.- $ 3.780.-
C $ 75.001.-a $110.000.- $ 190.- $ 2.280.- $ 6.800.-
D $ 110.001.-a$155.000.- $ 900.- $ 10.080.- $ 10.400.-
E $ 155.001.-a$200.000.- $ 1.240.- $ 14.880.- $ 13.100.-
F $ 200.001.- a 235.000.- $ 2.000.- $ 24.000.- $ 19.000.-
G $ 235.001.-a$270.000.- $ 2.350.- $ 28.200.- $ 23.600.-
H $ 270.001.-a$300.000.- $ 2.700.- $ 32.400.- $ 26.400.-

Infobae Profesional 03/04/2009

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *