Cuaderno con logo de AFIP sobre un escritorio

AFIP: Pasos para reclamar devolución de percepciones por compras con tarjetas de crédito

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalmente habilitó un sistema que permite a todas las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales reclamar una devolución de percepciones que le aplicaron por compras con tarjetas de crédito y/o compra de dólares. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos a seguir para hacer el trámite por www.afip.gov.ar. Las percepciones del 20% por compra de dólar ahorro y del 35% por compra de dólar turista y compras en el exterior con tarjetas de crédito y/o de débito pueden utilizar dicho dinero como un pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales. En caso de no estar alcanzado por dicho tributo, por ejemplo por […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalmente habilitó un sistema que permite a todas las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales reclamar una devolución de percepciones que le aplicaron por compras con tarjetas de crédito y/o compra de dólares. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los pasos a seguir para hacer el trámite por www.afip.gov.ar.

Las percepciones del 20% por compra de dólar ahorro y del 35% por compra de dólar turista y compras en el exterior con tarjetas de crédito y/o de débito pueden utilizar dicho dinero como un pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales. En caso de no estar alcanzado por dicho tributo, por ejemplo por ser monotributista, es posible solicitar una devolución a AFIP por Internet.

Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones por operaciones en dólares son:

Tener número de CUIT. Dicha clave se puede tramitar en la oficina del organismo a cargo de Alberto Abad correspondiente a la jurisdicción presentando el Formulario 460/F por duplicado, Documento Nacional de Identidad y dos dos constancias del domicilio fiscal declarado.

Tener Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3. Para elevar la seguridad de la contraseña se deben registrar los datos biométricos en una oficina de AFIP.

Los pasos a seguir para solicitar devolución de percepciones por compras con tarjetas de crédito en AFIP son los siguientes:

  • Ingresar en la página oficial del organismo recaudador, cuya dirección web es www.afip.gov.ar.
  • Presionar en «Acceso con Clave Fiscal».
  • Introducir el número de CUIT.
  • Hacer clic en «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social» y completar el formulario correspondiente. Si no está habilitado, el servicio puede ser dado de alta mediante «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal».
  • Entrar en el servicio «Mis Aplicaciones Web».
    01
  • Pulsar el botón «Nuevo».
    02
  • Seleccionar la siguiente información:
    03

    • Organismo: AFIP.
    • Tipo Formulario: Declaración Jurada.
    • Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias.
    • Versión: Seleccionar la vigente.
    • Período Fiscal: Ingresar el período por el que se solicita la devolución con el formato AAAAMM.
  • El sistema mostrará un detalle de todas las percepciones que están registradas en el sistema Mis Retenciones para el período indicado. Se tiene que tildar la deseada.
    04
  • Si se desea agregar una percepción no registrada en la base de datos se tiene que pulsar «Agregar percepción» e indicar: origen, tarjeta, fecha de pago del resumen y/o liquidación / Fecha de débito, y monto.
    05
  • Presionar «Grabar».
    06
  • Para efectuar la presentación se debe pulsar «Presentar».
    07

Una vez ingresada la solicitud, se analizará analizará el caso y, de corresponder, hará la devolución de la retención a la cuenta bancaria indicada. Según informó Alberto Abad, dicho reintegro se efectuará este mismo mes.

156 comentarios en “AFIP: Pasos para reclamar devolución de percepciones por compras con tarjetas de crédito”

  1. Hola, la semana pasada fuí a la AFIP y di de alta mi cuit, luego entre a la pág afip pude grabar uno por uno los meses del año 2014 por la ret.20% compra de doláres, luego hice la presentación acuse de recibo mes por mes, ahora que sigue? cuando sé que recibo el dinero en mi cbu? , hay alguna forma de hacer un seguimiento , en que lugar puedo acceder?, aguardo respuesta, muchas gracias cordiales saludos.

  2. Estimada
    El hecho de obtener la CUIT para realizar la gestión de reintegro y estando uno en relación de dependencia, obliga al ciudadano a pagar algún tipo de arancel mensual? o anotarse como monotributista?

  3. hola te consulto cargue las percepciones sufridas en 2015 a partir de agosto, pero al dar de alta me salta error de que tengo que esperar a que estas venzan, es decir tendría que esperar hasta agosto de este año para darlo de alta? y así mes a mes?

  4. Yo soy persona física, si me doy de alta mi CUIT como contribuyente solo para poder tramitar la devolución de las retenciones me perjudica? o sea, tendré que pagar mes a mes algo como sucede con los monotributistas?

    1. Lorena no tenes que pagar nada, ya que no e inscribis en ningún impuesto, pero si la AFIP va a investigar de donde obtenes el dinero para viajar al exterior o comprar dólares

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *